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ÁLVARO URIBE VÉLEZ ¿DE LA IMPUNIDAD POLÍTICA A LA CULPABILIDAD PENAL?

Detrás de las declaraciones de Mancuso y la negación de la preclusión en el caso Uribe, hay un debate sobre su impunidad y sobre su responsabilidad en la historia de Colombia.


Álvaro Uribe se encuentra ad-portas de ser llamado a un juicio en su condición de ciudadano y hacendado del Ubérrimo, pues al renunciar a su fuero de senador para eludir la competencia de la Corte Suprema de Justicia, deberá afrontar una sentencia que lo declarará inocente o culpable, como un incriminado más y no como ese líder político y estadista que aspiraba “entregar una Nación mejor a quienes vienen detrás”.

Hernando Llano Ángel
Profesor Departamento de Ciencia Jurídica y Política,
Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales Universidad Javeriana – Calicanto
Completo primera y segunda parte

Primera Parte

Dos golpes contundentes

En su comparecencia ante la JEP, Salvatore Mancuso revivió los fantasmas que siguen persiguiendo al expresidente Álvaro Uribe por el presunto apoyo que recibió de las AUC en sus campañas electorales.

Paralelamente, la juez 41 penal del circuito de Bogotá, Laura Barrera, volvió a negar la preclusión en la investigación por manipulación de testigos y fraude procesal. Señaló que “existen elementos probatorios que permiten afirmar con probabilidad de verdad que el delito de soborno sí existió y que no está desvirtuado que Álvaro Uribe Vélez participó”.

Estos fueron dos embates serios que abren una reflexión sobre las consecuencias de estas acusaciones sobre una de las figuras políticas más influyentes de Colombia, tanto por su beligerancia durante sus dos períodos presidenciales como por su oposición al proceso y al Acuerdo de Paz de 2016.

Aunque se trate de hechos diferentes y de escenarios independientes, ambos acontecimientos, los señalamientos de Mancuso en la JEP y la negación de la preclusión por parte de la juez Barrera, están estrechamente relacionados.

Estos hechos comparten un punto en común ya que afectan la responsabilidad y legitimidad de Uribe en el ejercicio de sus funciones presidenciales, así como su presunta inocencia o culpabilidad personal en el litigio penal que ahora llega a la competencia del Tribunal Penal Superior de Cundinamarca.

Además, hay una responsabilidad en un conflicto armado interméstico en donde se han cometido múltiples y graves delitos. Desde el concierto agravado para delinquir y la parapolítica, hasta la sedición y la rebelión, amalgamadas con el narcotráfico y una secuela de delitos de guerra y lesa humanidad, con los cuales está lidiando hoy la JEP en su busca de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.

Aunque se trate de hechos diferentes y de escenarios independientes, ambos acontecimientos, los señalamientos de Mancuso en la JEP y la negación de la preclusión por parte de la juez Barrera, están estrechamente relacionados.

Esto creó organizaciones mutantes como las AUC y las guerrillas, cuya identidad política y criminal cambian según sus necesidades tácticas y estratégicas.

Foto: Gobernación de Cundinamarca - La juez Laura Barrera no precluyó la investigación en contra de Álvaro Uribe, por lo cual la investigación seguirá en la sala penal del Tribunal Superior de Cundinamarca.

El origen político del lío judicial

En primer lugar, durante su presidencia, Uribe promovió la Ley 975 de 2005, más conocida como de Justicia y Paz, aunque al final no haya logrado ninguna de estas dos metas. Pero antes de acudir a los estrados judiciales, convocó un referendo constitucional a través de la política mediante la Ley 796 de 2003, en cuyo proyecto incorporó un parágrafo sobre la reducción del tamaño del Congreso.

Dicho parágrafo intentaba “facilitar la reincorporación a la vida civil de los grupos armados al margen de la ley, que se encuentren vinculados decididamente a un proceso de paz, bajo la dirección del Gobierno, éste podrá establecer, por una sola vez, circunscripciones especiales de paz para las elecciones a corporaciones públicas que se realicen antes del 7 de agosto del año 2006, o nombrar directamente, por una sola vez, un número plural de congresistas, diputados y concejales, en representación de los mencionados grupos en proceso de paz y desmovilizados…”

“Los nombres de los congresistas, diputados y concejales a que se refiere este artículo, serán convenidos entre el Gobierno y los grupos armados, y su designación corresponderá al presidente de la República. Para los efectos previstos en este artículo, el Gobierno podrá no tener en cuenta determinadas inhabilidades y requisitos necesarios para ser congresista, diputado y concejal”.

Claramente, este parágrafo estaba dirigido a los miembros de las AUC, pues entonces las FARC habían cometido el abominable atentado terrorista contra el club El Nogal y el presidente arreciaba su guerra contra esta guerrilla, sin la más mínima posibilidad de vincularla a un proceso de paz. La Corte Constitucional declaró inexequible ese parágrafo mediante sentencia C-551/03, motivo por el cual no apareció en el texto del referendo sometido a la ciudadanía.

Pero quedaba clara la intención de Uribe de otorgar a miembros de las AUC una favorabilidad política muy amplia, que incluía curules en el Congreso, en Asambleas y Concejos, sin exigencia alguna de verdad, justicia o reparación por las víctimas mortales y los cientos de miles de desplazados dejados por sus crímenes de guerra y lesa humanidad.

Muchos de estos crímenes se cometieron con la complicidad de miembros del Ejército nacional, como lo describió una vez más Salvatore Mancuso en las recientes audiencias públicas ante la JEP.

Posteriormente, los miembros de las AUC se acogerían a la Ley 975 de 2005, pero cuando Mancuso comenzó a revelar cómo las AUC habían contribuido a la elección de por lo menos el 35 % del Congreso en emisión estelar del noticiero RCN del 28 de abril de 2008, fue extraditado a Estados Unidos el 13 de mayo, —justo veinte días después con casi toda la cúpula de comandantes de las AUC, bajo el cargo de haber seguido delinquiendo desde la cárcel—.

Con el nuevo testimonio de Mancuso, quince años después, el expresidente Uribe niega otra vez la veracidad del apoyo de las AUC en sus fulgurantes triunfos electorales, que lo han consagrado como el único candidato que ha ganado la presidencia en primera vuelta en dos ocasiones.

Triunfo en las urnas e impunidad política

En un foro realizado el 23 de febrero de 2005 sobre “Sostenibilidad de la política de seguridad democrática”, el expresidente Andrés Pastrana advirtió la grave sombra para la legitimidad democrática por la negociación que adelantaba Uribe con las AUC:

“Que si el paramilitarismo controla —según sus propios voceros— y, según diversos entendidos, 300 municipios del país, 40 % de las exportaciones de droga, un alto porcentaje de las tierras cultivables y temibles ejércitos privados cuyas estructuras y zonas de influencia se conservan intactas, es una historia de vieja data.”

“Que el paramilitarismo, con sus dineros, sus armas y sus comodines políticos pueden inclinar la balanza electoral, es un hecho notorio. La pregunta, entonces, bajo tales supuestos, es sí es lícito negociar con tal poder electoral mientras la cabeza negociadora está en trance electoral. Si aquí hay una simple interferencia o una flagrante incompatibilidad… A la reelección inmediata se le han señalado, desde su concepción y por todos los medios, una extensa gama de incompatibilidades.”

“Sin embargo, su incompatibilidad con un proceso o pacto de paz repercute en dos ámbitos esenciales a la supervivencia misma de nuestra democracia: el proceso de paz y el proceso electoral. Mientras proceso de paz, poder político paramilitar y elecciones no se deslinden, se abre el espacio a la suspicacia, riesgo al que no se puede exponer la democracia representativa”.

En efecto, eso sucedió. Pero el triunfo inobjetable de Uribe en las urnas con 7.397. 835 votos, el 62,35 % de los válidos, legitimó lo que tuvo origen en la reforma constitucional de un “articulito” aprobado gracias a la comisión del delito de cohecho por dar u ofrecer.

Posteriormente, “la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó a 80 meses de prisión a los exministros Sabas Eduardo Pretelt de la Vega y Diego Palacio Betancourt, así como a 60 meses de prisión al exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Alberto Velásquez Echeverri”. De esta forma el expresidente Uribe se aseguró un triunfo en las urnas y una impunidad política inexpugnable.

De la impunidad a la culpabilidad penal

Pero ahora se encuentra en un escenario diferente.

Está por verse si sale airoso de los cargos penales que se le imputan por incurrir presuntamente en los delitos de soborno de testigos y fraude procesal, cuyo origen es ni más ni menos el haber intentado desvirtuar los testimonios de Juan Monsalve y Carlos Enrique Vélez, exparamilitares del Bloque Metro, que señalan al expresidente y a su hermano, Santiago, de participar en la formación de dicho bloque.

Esa investigación seguirá en la sala penal del Tribunal Superior de Cundinamarca. Ante esta instancia, la Fiscalía difícilmente podrá solicitar una tercera preclusión, pues deberá recabar más pruebas que le permitan presentar un caso nuevo.

Está por verse si sale airoso de los cargos penales que se le imputan por incurrir presuntamente en los delitos de soborno de testigos y fraude procesal, cuyo origen es ni más ni menos el haber intentado desvirtuar los testimonios de Juan Monsalve y Carlos Enrique Vélez, exparamilitares del Bloque Metro, que señalan al expresidente y a su hermano, Santiago, de participar en la formación de dicho bloque.

Así, Uribe se encuentra ad-portas de ser llamado a un juicio en su condición de ciudadano y hacendado del Ubérrimo. Al renunciar a su curul en el Senado para eludir la competencia de la Corte Suprema de Justicia, deberá afrontar una sentencia que lo declarará inocente o culpable, como un incriminado más y no como ese líder político y estadista que aspiraba a “entregar una Nación mejor a quienes vienen detrás. No quiero morir con la vergüenza de no dar hasta la última lucha para que mi generación pueda esperar tranquilamente el juicio de la historia”, como lo escribió en el punto 100 de su Manifiesto Democrático.

Pero todo parece indicar que antes tendrá que someterse a una sentencia penal, que no le ha permitido esperar tranquilamente ese juicio de la historia, por su incapacidad para reconocer plenamente sus responsabilidades políticas e innumerables deudas pendientes con la verdad y el dolor de miles de víctimas, como los atroces “falsos positivos”, producto de su pregonada política de “seguridad democrática” y la Directiva 029 del ministerio de Defensa de su ministro Camilo Ospina Bernal.

Segunda parte

La vida política de Álvaro Uribe Vélez transcurre entre las luces de sus triunfos electorales y la penumbra de sus procesos judiciales1. Esta circunstancia se reveló con especial intensidad durante las últimas semanas, tanto en la política como en los estrados judiciales. Para empezar, Salvatore Mancuso en su comparecencia ante la JEP, volvió a revivir los fantasmas que no cesan de atormentar al expresidente Uribe por el presunto apoyo que recibió de las AUC durante sus campañas electorales, seguido del ambiguo y obscuro proceso de desmovilización de miles de miembros de dicha organización paramilitar, luego la intempestiva extradición a Estados Unidos de sus máximos comandantes2 y las verdades en disputa sobre lo que realmente sucedió, que ahora vuelven como un bumerang a golpear su credibilidad y responsabilidad política como presidente. Y, como si fuera poco, la jueza 41 penal del circuito de Bogotá, Laura Barrera, volvió a negar la preclusión en la investigación que desde hace más de 5 años lo incrimina como presunto participe de los delitos de soborno a testigo y fraude procesal, al señalar que “existen elementos probatorios que permiten afirmar con probabilidad de verdad que el delito de soborno sí existió y que no está desvirtuado que Álvaro Uribe Vélez participó”.

De la política a los estrados judiciales

Dos fuertes embates que ameritan una breve consideración sobre sus efectos en la vida del líder político de mayor influencia en el presente, toda vez que ha marcado los derroteros de la guerra y la paz, tanto por su beligerancia durante sus dos períodos presidenciales como por su oposición al proceso y el Acuerdo de Paz del 2016. Dichos acontecimientos, revelados a la luz pública por Mancuso, un criminal de lesa humanidad y, el otro, por la Jueza Barrera, están estrechamente relacionados, aunque se trate de hechos diferentes y se presenten en escenarios independientes. Pero ambos comparten una trama común muy compleja y hacen parte de una madeja inextricable que afectan tanto la responsabilidad y legitimidad de Uribe en el ejercicio de sus funciones presidenciales, como su presunta inocencia o culpabilidad personal en el litigio penal que ahora pasará a la competencia de la sala penal del Tribunal Superior de Bogotá3. Dicha madeja está formada por la fusión ineludible en nuestra realidad de la política con la violencia en el contexto de un conflicto armado interméstico4 profundamente degradado, que ha conllevado la comisión de múltiples y graves delitos. Desde el concierto agravado para delinquir, como la parapolítica5 con 60 congresistas condenados, hasta la sedición y la rebelión, amalgamadas con el narcotráfico y una secuela de terribles delitos de guerra y lesa humanidad, con los cuales está lidiando hoy la JEP6 en busca de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. Todo lo anterior ha engendrado actores mutantes, como las AUC, AGC7 y las guerrillas, cuya identidad política y criminal se entremezcla y combina, según sus necesidades tácticas y estratégicas, en la defensa de sus intereses y la búsqueda de objetivos que oscilan entre alcanzar favorabilidad política (ELN) y altos márgenes de impunidad (AGC), como lo estamos viendo en los sangrientos episodios que acechan la confusa “Paz total” de este gobierno.

El origen político del lío judicial

Para desenredar esa madeja, Uribe desde la presidencia promovió la ley 975 de 2005, más conocida como de Justicia y Paz, aunque a la postre ella no haya logrado ninguno de los dos objetivos. Pero antes de intentarlo por la vía de los estrados judiciales, lo hizo a través de la política mediante la ley 796 de 20038, convocando un referendo constitucional en cuyo proyecto incorporó, en el numeral 6 sobre la “Reducción del Congreso”, un extenso parágrafo. Dicho parágrafo buscaba “facilitar la reincorporación a la vida civil de los grupos armados al margen de la ley, que se encuentren vinculados decididamente a un proceso de paz, bajo la dirección del Gobierno, éste podrá establecer, por una sola vez, circunscripciones especiales de paz para las elecciones a corporaciones públicas que se realicen antes del 7 de agosto del año 2006, o nombrar directamente, por una sola vez, un número plural de congresistas, diputados y concejales, en representación de los mencionados grupos en proceso de paz y desmovilizados. El número será establecido por el Gobierno Nacional, según la valoración que haga de las circunstancias y del avance del proceso. Los nombres de los congresistas, diputados y concejales a que se refiere este artículo, serán convenidos entre el Gobierno y los grupos armados, y su designación corresponderá al presidente de la República. Para los efectos previstos en este artículo, el Gobierno podrá no tener en cuenta determinadas inhabilidades y requisitos necesarios para ser congresista, diputado y concejal”. Tal parágrafo claramente estaba dirigido a los miembros de las AUC, pues entonces las Farc el 7 de febrero de 2003 cometió el abominable atentado terrorista contra el club el Nogal9 y el presidente Uribe arreciaba su guerra contra la misma, sin la más mínima posibilidad de vincularla decididamente a un proceso de paz. La Corte Constitucional declaró inexequible ese parágrafo del numeral 6 mediante sentencia C-551/0310, motivo por el cual no apareció en el texto del referendo sometido a la ciudadanía. Pero quedaba meridianamente clara la intención del presidente Uribe de otorgar a miembros de las AUC una favorabilidad política muy amplia, que incluía curules no solo en el Congreso sino en Asambleas y Concejos, sin exigencia alguna de verdad, ni de justicia ni reparación por las víctimas mortales y los millones de desplazados dejados por sus crímenes de guerra y lesa humanidad, muchos de los cuales se cometieron con la complicidad de miembros del Ejército Nacional, como lo describió una vez más Salvatore Mancuso11 en las recientes audiencias públicas ante la JEP. Posteriormente, los miembros de las AUC se acogerían a la ley 975 de 2005 y cuando Salvatore Mancuso comenzó a revelar, en emisión estelar del noticiero RCN del 28 de abril de 2008 por la televisión, cómo las AUC habían contribuido a la elección de por lo menos el 35% del Congreso12, fue extraditado a Estados Unidos el 12 de mayo, justo 15 días después, con casi toda la cúpula de comandantes de las AUC13, bajo el cargo de haber continuado delinquiendo desde la cárcel.

Elecciones presidenciales y criminalidad

Irónicamente, ahora volvemos a escucharlo, 15 años después, pero de nuevo el expresidente Uribe niega la veracidad del apoyo de las AUC en sus fulgurantes triunfos electorales, que lo han consagrado como el único candidato que ha ganado la presidencia en primera vuelta en dos ocasiones. Por ello, en un foro realizado el 23 de febrero de 2005 sobre “Sostenibilidad de la política de seguridad democrática”, el mismo expresidente Andrés Pastrana fue quien advirtió sobre la grave sombra para la legitimidad democrática que implicaba la negociación que adelantaba Uribe con las AUC: “Que si el paramilitarismo controla –según sus propios voceros– y, según diversos entendidos, 300 municipios del país, 40 por ciento de las exportaciones de droga, un alto porcentaje de las tierras cultivables y temibles ejércitos privados cuyas estructuras y zonas de influencia se conservan intactas, es una historia de vieja data. Que el paramilitarismo, con sus dineros, sus armas y sus comodines políticos pueden inclinar la balanza electoral, es un hecho notorio. La pregunta, entonces, bajo tales supuestos, es sí es lícito negociar con tal poder electoral mientras la cabeza negociadora está en trance electoral. Si aquí hay una simple interferencia o una flagrante incompatibilidad… A la reelección inmediata se le han señalado, desde su concepción y por todos los medios, una extensa gama de incompatibilidades. Sin embargo, su incompatibilidad con un proceso o pacto de paz repercute en dos ámbitos esenciales a la supervivencia misma de nuestra democracia: el proceso de paz y el proceso electoral. Mientras proceso de paz, poder político paramilitar y elecciones no se deslinden, se abre el espacio a la suspicacia, riesgo al que no se puede exponer la democracia representativa”. Y, en efecto, ello sucedió, pero el triunfo inobjetable de Uribe en las urnas con 7.397.835 votos, el 62.35% de los válidos, terminó legitimando lo que tuvo origen en la reforma constitucional de un “articulito” aprobado gracias a la comisión del delito de cohecho por dar u ofrecer. Posteriormente, “la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia14 condenó a 80 meses de prisión a los exministros Sabas Eduardo Pretelt de la Vega y Diego Palacio Betancourt, así como a 60 meses de prisión al exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Alberto Velásquez Echeverri”. De esta forma el expresidente Uribe se aseguró con su triunfo en las urnas una impunidad política inexpugnable. Pero ahora se encuentra en un trance diferente, pues está por verse si sale airoso de los cargos penales que se le imputan por incurrir presuntamente en los delitos de soborno de testigos y fraude procesal, cuyo origen es ni más ni menos el haber intentado desvirtuar los testimonios de Juan Monsalve y Carlos Enrique Vélez, exparamilitares del Bloque Metro, que señalan al expresidente y a su hermano, Santiago, de estar en el origen de la formación de dicho Bloque paramilitar. Dicha investigación proseguirá en la sala penal del Tribunal Superior de Bogotá15, pues la jueza Laura Barrera no la precluyó. Ante esta instancia, difícilmente la Fiscalía podrá solicitar una tercera preclusión, pues deberá recabar más pruebas que le permitan presentar un caso nuevo y desvirtuar las que hasta ahora lo incriminan. Así las cosas, Álvaro Uribe se encuentra ad-portas de ser llamado a un juicio en su condición de ciudadano y hacendado del Ubérrimo, pues al renunciar a su fuero de senador para eludir la competencia de la Corte Suprema de Justicia, deberá afrontar una sentencia que lo declarará inocente o culpable, como un incriminado más y no como ese líder político y estadista que aspiraba “entregar una Nación mejor a quienes vienen detrás. No quiero morir con la vergüenza de no dar hasta la última lucha para que mi generación pueda esperar tranquilamente el juicio de la historia”, como lo escribió en el punto 100 de su Manifiesto Democrático16. Pero todo parece indicar que antes tendrá que someterse a una sentencia penal, que no le ha permitido esperar tranquilamente ese juicio de la historia, por su incapacidad para reconocer plenamente sus responsabilidades políticas e innumerables deudas pendientes con la verdad y el dolor de miles de víctimas, como los atroces “falsos positivos”17, producto de su pregonada política de “seguridad democrática” y la Directiva 02918 de su ministro de Defensa, Camilo Ospina Bernal.

Edición 827 – Semana del 3 al al 9 de junio de 2023

1 Uribe: rechazo a rendir cuentas e impunidad política. Razón Pública, febrero 19 de 2018.
2 Masiva extradición de jefes paramilitares. El Espectador, mayo 12 de 2008.
4 La Paz Total es interméstica. Semanario Virtual Caja de Herramientas, edición 0806.
5 De la curul a la cárcel. Verdad Abierta, agosto 23 de 2013.
7 Los Gaitanistas – Clan del Golfo. Portal Insight Crime, noviembre 8 de 2022.
9 Atentado al Club El Nogal. Wikipedia, la enciclopedia libre.
10 Sentencia C-551/03. Portal Corte Constitucional.
12 Entrevista a Salvatore Mancuso. Polo Democrático – YouTube.
13 Masiva extradición de jefes paramilitares. El Espectador, mayo 12 de 2008.
14 Condena a exministros Sabas Pretelt y Diego Palacio. Portal Corte Suprema de Justicia.

____________________________
HERNANDO LLANO

* Politólogo de la Universidad Javeriana de Bogotá, PhD Universidad Complutense de Madrid, socio de la Fundación Foro por Colombia, Capítulo Valle del Cauca. Publica en el blog: calicantopinion.blogspot.com.

___________
Fuentes:

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