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El proyecto de ley estatutaria de la salud, es claramente inconstitucional

La salud sin tutela

Rodolfo Arango

El presidente del senado, Roy Barreras, pretende sepultar la acción de tutela en materia de salud. En un proyecto de ley estatutaria presentado recientemente y que cuenta con el apoyo del Gobierno, se propone crear una acción legal de protección a la salud y limitar la competencia para conocer de las demandas de salud a los jueces civiles de circuito.

En términos sencillos, ya no serán todos los jueces del país, en su calidad de jueces constitucionales de tutela, los responsables de decidir sobre el acceso o la calidad de la salud de los colombianos, sino unos pocos jueces civiles, con criterios patrimoniales y según las reglas de sostenibilidad fiscal del Estado. El senador Barreras parece defender muy bien los intereses del gremio al que representa como médico y del que con seguridad recibirá en el futuro generosos aportes para financiar sus ambiciones políticas. Lo claro es que su iniciativa legislativa no representa exactamente a los dolientes de un sistema saqueado personas animadas por el lucro e indolentes ante el sufrimiento.

El proyecto de ley estatutaria es claramente inconstitucional. Significa un retroceso en la garantía constitucional del derecho fundamental a la salud, derecho amparado por la Corte Constitucional en su larga y consistente jurisprudencia. Viola además el principio de derecho internacional que prohíbe el retroceso de la protección ya alcanzada de los derechos sociales, económicos y culturales. Esto porque la acción de tutela es un mecanismo constitucional de fácil acceso, universal y de responsabilidad de todos los jueces de la República, que asegura la inmediatez de la protección constitucional del derecho a la salud. Esta garantía se vería recortada al limitar su conocimiento a los jueces civiles, más si son de circuito, privando de la defensa constitucional vía tutela a millones de personas que viven en el campo o en regiones apartadas, de por sí con dificultades de acceso a los jueces y al sistema de salud.

El proyecto de ley desconstitucionaliza la protección del derecho fundamental a la salud al convertirla en asunto de ley y condicionarla al cumplimiento de requisitos económicos y administrativos (dictámenes de comités técnicos). El que tenga ingresos por encima de un salario mínimo no podrá acceder a servicios no contemplados en el limitado plan obligatorio de salud, salvo autorización expresa de comités científicos. El ahorro y la burocracia por encima del dolor humano. Se invierte así la precedencia de los derechos fundamentales sobre razones de tipo económico, técnico y financiero.

La estrecha conexidad del derecho a la salud con el derecho a la vida hace que el proyecto no sólo haga retroceder la garantía de la salud sino la protección del derecho a la vida, más si se tiene en cuenta que tampoco sería procedente la tutela como mecanismo transitorio porque, en principio, la nueva acción de salud sería supuestamente más expedita, por lo menos en el papel. Por fortuna, el senador Jorge Robledo ha alertado oportunamente sobre los planes del presidente del legislativo y miembro del Partido de la U. Si el Congreso y el Gobierno quieren impedir el desangre del sistema de salud podrían empezar por perseguir a las mafias de los medicamentos e impedir el saqueo del sistema por prestadores venales, incluso aliados con agentes de la propia Superintendencia de Salud, como ha sido el caso en el pasado.

Rodolfo Arango

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