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Relación directa entre la cooperación militar norteamericana y los “falsos positivos”


Colombia no bases
Resumen: 

Asistencia Militar y Derechos Humanos: Colombia, responsabilidad de los Estados Unidos, y consecuencias a nivel mundial

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El nivel de entrenamiento y equipamiento de los ejércitos de otras naciones para alcanzar los objetivos de los Estados Unidos ha crecido de manera exponencial desde 2001, pero existe gran preocupación con respecto hasta qué punto el gobierno de los Estados Unidos está aplicando las leyes y vigilando el impacto que su programa de ayuda militar está causando sobre los derechos humanos en el extranjero. Este informe examina esos asuntos a través de un estudio detallado de la ayuda militar de los Estados Unidos, las violaciones de derechos humanos, y la aplicación de leyes de derechos humanos en Colombia.



La experiencia del financiamiento militar de los Estados Unidos a Colombia nos muestra que existen vínculos alarmantes entre las unidades militares colombianas que reciben asistencia de los Estados Unidos y la comisión de homicidios de civiles por el Ejército. Para prevenir errores similares en Afganistán y Pakistán, es necesario que las comisiones del Congreso de los Estados Unidos y la Oficina del Inspector General del Departamento de Estado estudien a fondo el caso de Colombia y la aplicación de las leyes de los Estados Unidos, que se han elaborado para evitar que la asistencia para seguridad sea enviada a unidades de fuerzas de seguridad que cometen violaciones manifiestas de derechos humanos.

Durante dos años de investigación para este informe, el Movimiento de Reconciliación (FOR por sus siglas en inglés) recurrió a un abundante conjunto de datos sobre más de 3.000 ejecuciones extrajudiciales supuestamente cometidas por las fuerzas armadas de Colombia y a listas de más de 500 unidades militares asistidas por los Estados Unidos desde el año 2000. El FOR encontró que funcionarios de los Estados Unidos habían descuidado sus obligaciones con respecto a la ley Leahy. También encontramos que muchas unidades militares colombianas cometieron aún más ejecuciones extrajudiciales durante y después de los más altos niveles de asistencia de los Estados Unidos a aquellas unidades. Sea cual fuere la correlación que existe entre asistencia y ejecuciones denunciadas, está claro que hay otros factores que contribuyen a los altos niveles de homicidios. A pesar de que no podamos corregir las causas del aumento de denuncias de homicidios después del aumento a la asistencia de los Estados Unidos, lo que hemos descubierto pone de relieve la necesidad de una investigación a fondo de las razones por las cuales existe esta aparente correlación.

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Un número de leyes de los Estados Unidos han sido creadas para que la ayuda exterior de los Estados Unidos no sea utilizada para cometer violaciones de derechos humanos. Una de las principales es la Enmienda Leahy o Ley Leahy, la cual prohibe asistir a cualquier unidad de fuerzas de seguridad si el Departamento de Estado tiene prueba fehaciente de que la unidad ha cometido violaciones graves de derechos humanos. De acuerdo al Departamento de Estado, Colombia es el país donde la Ley Leahy ha sido aplicada de la manera más rigurosa. Pero nuestro análisis sugiere de manera contundente que la aplicación de la Ley Leahy en Colombia exige la suspensión de asistencia a casi todas las brigadas fijas del Ejército y a muchas brigadas móviles. La mayor parte del entrenamiento militar en Colombia es financiado por el Departamento de Defensa.

¿Cómo puede determinar el personal de embajada si las unidades deberían recibir asistencia donde existe un alto número de violaciones denunciadas y la unidad responsable aún no ha sido identificada? Los datos demuestran que el sitio donde ocurrió la violación denunciada es un indicador fiable de la unidad que lo cometió. Por otra parte, en Colombia, las ejecuciones extrajudiciales supuestamente ocurrieron en casi todas las jurisdicciones de brigadas del ejército, lo cual pone en duda la legalidad de asistir a cualquier brigada semejante.

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La Ley Leahy incluye una excepción sobre la prohibición de asistencia si se están tomando “medidas efectivas” (o “pasos correctivos necesarios” para el entrenamiento financiado por el Departamento de Defensa) para llevar ante un tribunal a aquellos responsables por una violación a la justicia. Pero los documentos del Departamento de Estado que justifican la certificación de derechos humanos también ilustran que sólo el 1,5% de las ejecuciones extrajudiciales denunciadas han resultado en una condena.

Como indican los gráficos y los datos en este informe, después de noviembre de 2008, el número de homicidios de civiles supuestamente cometidos por las fuerzas armadas colombianas bajó considerablemente, aparentemente en razón de una decisión institucional de hacer frente a los hechos. La reducción en los homicidios atribuidos a las fuerzas armadas ha sido acompañada de un alza vertiginoso en el número de supuestos homicidios cometidos por grupos sucesores a los paramilitares. Sin embargo, las consecuencias de la reducción de denuncias sobre homicidios de civiles son mínimas en lo que respecta a la continuación de la asistencia bajo la Ley Leahy, dado que la ley requiere que no simplemente terminen los homicidios, sino también que se tomen “medidas efectivas” para traer a los responsables ante la justicia antes de que se pueda autorizar legalmente que prosiga la asistencia o que se dé nueva asistencia a las fuerzas armadas.
Si la asistencia de los Estados Unidos estuviera teniendo un efecto positivo sobre la conducta de las unidades asistidas en lo que respecta a los derechos humanos, se esperaría que viéramos números bajos de denuncias de ejecuciones extrajudiciales por el ejército en aquellas zonas donde se concentra la ayuda al ejército. Para aislar la relación entre asistencia y ejecuciones subsiguientes de los otros factores, identificamos la jurisdicción de brigada en relación a los años en que las unidades en esa jurisdicción recibieron los más grandes incrementos de asistencia de los Estados Unidos. Descubrimos que, por lo general, las ejecuciones extrajudiciales denunciadas aumentaban en las zonas después de que los Estados Unidos incrementaban la asistencia a unidades en esas zonas. Para los 16 mayores aumentos de ayuda de un año al otro a unidades del ejército que operan en una jurisdicción específica, el número de ejecuciones denunciadas en la jurisdicción aumentó en un promedio de 56 % desde el período de dos años antes del aumento hasta el período de dos años durante y después del incremento de asistencia. En otras palabras, donde habían incrementos importantes en la asistencia a las unidades, se producían aumentos en los homicidios denunciados en los períodos posteriores a la asistencia, en la zona de operación de las unidades asistidas.
Por otro lado, en los años después de que los niveles de asistencia fueron muy reducidos para las unidades que operaban en una jurisdicción, el número de homicidios denunciados que fueron cometidos por las unidades que operaban en la jurisdicción bajó también en un promedio de 56%. Por lo general, las regiones con los más grandes incrementos de ayuda militar experimentan un mayor aumento o una menor reducción en el número de ejecuciones extrajudiciales que las regiones con las mayores reducciones de ayuda militar. Aquellas jurisdicciones en las que el número de homicidios denunciados fue más alto después de haberse recibido un incremento en la asistencia, denunciaron múltiples homicidios de civiles por el ejército en el período anterior al aumento. Esto sugiere que cuando se ignora un problema al decidir si se aumenta la asistencia a una unidad, ese problema empeora después.
Hay huecos importantes en nuestro conocimiento y comprensión de los hechos para que podamos interpretar las causas de lo que encontramos. No obstante, creemos que es importante considerar explicaciones potenciales e interpretaciones de nuestros hallazgos, y hacemos un llamado para que se realicen investigaciones adicionales de estas hipótesis.
También consideramos posibles explicaciones por las cuales la Enmienda Leahy no ha sido implementada de manera adecuada en Colombia.  Entre las razones podemos citar la baja prioridad que se le asignó, el insuficiente personal para llevarla a cabo, la falta de información sobre las violaciones denunciadas, y la existencia de diferentes interpretaciones sobre lo que constituye una “prueba fehaciente”.  Los perfiles de catorce brigadas y batallones, y de dos Comandantes del Ejército, ofrecen más detalles para el análisis.
Además, examinamos el programa de miles de millones de dólares, de asistencia militar de los Estados Unidos a Pakistán y las violaciones de derechos humanos en ese territorio. No se tiene bien en claro si el Cuerpo de la Frontera y otras unidades militares pakistaníes, entrenadas y equipadas por los Estados Unidos, están siendo responsables de las de las amplias violaciones de derechos humanos en el país.  Sin embargo, donde hay prueba fehaciente de graves violaciones de derechos humanos cometidas por una institución asistida, la Ley Leahy require que se suspenda la ayuda “al más pequeño grupo operativo que haya estado involucrado en la violación denunciada”. Se cree que el Cuerpo de la Frontera está involucrado en serias violaciones.  Si el Departamento de Estado no puede precisar si una pequeña unidad es responsable por estas violaciones, entonces la Ley Leahy exige la suspensión de la asistencia al mismo Cuerpo de la Frontera.
Aún más, la asistencia y los reembolsos financiados por el Departamento de Defensa no deberían estar exentos del requerimiento de verificación de antecedentes sobre derechos humanos de la Ley Leahy.  El uso de los fondos para reembolsar a un gobierno extranjero por operaciones militares específicas, en efecto convirtiendo a esos militares en apoderados de las políticas del gobierno de los Estados Unidos, no elimina los objetivos de la Ley Leahy, que consisten en prevenir que los fondos de los Estados Unidos sean utilizados para el apoyo de militares que cometen graves violaciones de derechos humanos.
En Colombia, la asistencia militar de los Estados Unidos continúa a un alto nivel. Si Colombia representa la aplicación más rigurosa de la Ley Leahy, ¿qué se puede esperar de otros sitios?  Además, el historial de los Estados Unidos en Colombia es visto como un modelo que puede emularse para las políticas en Afghanistán y otros países.  Cualquier evaluación de asistencia militar no debe limitarse al hecho de si cumple con la Ley Leahy, dado que la suspensión de ayuda a unidades específicas bajo la Ley Leahy no altera o reduce el monto total de asistencia militar.  La consideración de asistencia militar debería abordar el contexto más amplio de los objetivos y las obligaciones de los Estados Unidos en materia de derechos humanos.
Dado que tan enorme proporción de entrenamiento y otra asistencia a Colombia cae bajo la autoridad del Departamento de Defensa, es de especial importancia que dicha asistencia sea transparente, que sea considerada por el Congreso como parte del ciclo de apropiaciones, y que regularmente sea evaluada por su impacto sobre los derechos humanos.  También recomendamos que se realice un estudio más riguroso de varios fenómenos en Colombia que no hemos podido examinar, incluyendo la colaboración entre las fuerzas paramilitares y los oficiales y miembros de las fuerzas armadas, así como la relación entre desplazamientos forzosos, ejecuciones extrajudiciales denunciadas, y las unidades que recibieron asistencia de los Estados Unidos. Finalmente, aparte de la implementación de la Ley Leahy, el aumento en los homicidios de civiles denunciados como cometidos por unidades del ejército, después de haber sido recibida la asistencia de los Estados Unidos, presenta serias cuestiones éticas sobre dicha asistencia en Colombia y en otras naciones en las que se experimentan similares condiciones de combate con amplia impunidad.

Recomendaciones

  1. El Congreso debería requerir que el Departamento de Estado documente los antecedentes de derechos humanos de las unidades que reciben la asistencia de los Estados Unidos, y que se evalúe el impacto sobre los derechos humanos de dicha asistencia. Los resultados deberían ser de dominio público y deberían ser publicados en el sitio internet del Departamento.
  2. El Departmento de Estado debería llevar a cabo la completa implementación de la Ley Leahy en Colombia.  Como mínimo, esto exige que se suspenda la asistencia a brigadas para las cuales existe prueba fehaciente de ejecuciones extrajudiciales cometidas por sus miembros hasta que, y a menos que, esos homicidios sean completamente investigados y el sistema de justicia civil alcance un dictamen.  Dicha evidencia existe con respecto a todas las divisions del ejército y casi todas las brigadas.
  3. Las comisiones del Congreso apropiadas, el Consejo Nacional de Seguridad y el Inspector General del Departamento de Estado deberían llevar a cabo un escrutinio riguroso de la asistencia militar de los Estados Unidos en las naciones donde prevalecen condiciones similares a las de Colombia (niveles altos de violaciones cometidas por las fuerzas de seguridad, niveles altos de impunidad, y niveles altos o institucioales de asistencia de los Estados Unidos), incluyéndose también a Colombia, hasta que los elaboradores de políticas proporcionen al Congreso una explicación fidedigna para el impacto negativo de derechos humanos y el fracaso de la verificación de antecedentes en Colombia, y demuestren que se van a introducir cambios concretos para asegurar que estos impactos y fracasos no se repitan.
  4. Dado que el fracaso en la implementación de la Ley Leahy ha conducido a los Estados Unidos a la asistencia de brigadas que han cometido un gran número de ejecuciones extrajudiciales, los Estados Unidos tienen la responsabilidad de hacer todo lo posible para asegurar que se haga justicia en estos casos.  La ayuda al sistema judicial de Colombia y a las agencias de vigilancia debería estar asociada a resultados concretos en la reducción de la impunidad.
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