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PROPUESTAS DEL URIBISMO AL ACUERDO CON LAS FARC SON PARA PERPETUAR IMPUNIDAD E INIQUIDAD

URIBISMO Y ACUERDO DE PAZ: PROPUESTAS PARA PERPETUAR LA IMPUNIDAD Y LA INIQUIDAD


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Las propuestas contenidas en el documento presentado por el uribismo se pueden dividir en tres tipos: unas inocuas, dado que ya están dentro de los Acuerdos; otras aceptables, pues mejoran en cierto sentido el Acuerdo; y otras que rompen de tajo el acuerdo alcanzado, no sólo porque desconocen el contexto y la correlación de fuerzas en una negociación que lleva más de cinco años, sino porque son violatorias de los derechos de las víctimas. 

Camilo Andrés Galindo

Tras los resultados electorales del plebiscito celebrado el 2 de octubre, en el cual el “no” obtuvo el 50.21%, los principales promotores de esta posición han planteado públicamente propuestas de ajustes al Acuerdo de paz alcanzado entre el Gobierno Nacional y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC-EP). Entre éstas es especialmente relevante la presentada por el Centro Democrático el día 12 de octubre, toda vez que, sin duda, es la fuerza política opositora al proceso de paz con mayor representación electoral y efecto en la opinión pública.

¿Cuáles son las principales propuestas de reforma?

El documento del uribismo, llamado Bases de un acuerdo nacional de paz, incorpora cinco capítulos en los cuales se abordan los siguientes aspectos: (i) consideraciones sobre los resultados del plebiscito, (ii) interpretación de la situación actual del Acuerdo firmado entre el Gobierno y las FARC-EP, (iii) lineamientos con sus principales objeciones a lo acordado, (iv) consideraciones sobre la institucionalidad y la economía, y (v) ideas relativas a la preservación del orden público.

Los aspectos abordados en los dos primeros y dos últimos capítulos se reducen a cuestiones como la interpretación que este Partido hace de los resultados electorales del plebiscito, las quejas sobre la supuesta desigualdad entre las campañas del “sí” y el “no”, y el dejar claro que, según su interpretación, el Acuerdo de paz no tiene efectos jurídicos. Es el tercer capítulo el que incorpora sus planteamientos de fondo respecto del Acuerdo.

En primer lugar, sobre la reforma rural integral y la tierra, el documento plantea dos tipos de consideraciones: unas que, más que propuestas concretas de reforma, son en realidad lineamientos que caracterizan al uribismo como sector político: la defensa de la producción agropecuaria a gran escala, la presunción de la propiedad privada como legítima, el libre mercado como determinador del uso de la tierra rural, y las objeciones a la restitución de tierras establecida en la Ley 1448 de 2011 en lo que a “compradores de buena fe exenta de culpa” se refiere. El otro tipo de consideraciones sí interpelan al Acuerdo como tal, entre las que se destacan:

• Prohibición para que organizaciones locales, a quienes se consideran como dependiente de las FARC-EP, participen en la distribución de las tierras que harán parte del plan de adjudicación gratuita.

• Presunción sobre la buena fe en la ocupación de terrenos baldíos de la Nación, a cuyos ocupantes se les deberá adjudicar estas tierras en calidad de propietarios.

• Desmonte del sistema General de Información Catastral, incorporado en el Acuerdo de paz. Como contrapropuesta, se plantea seguir con la ley 101 de 1993, norma que establece que los avalúos catastrales no podrán tener en cuenta consideraciones adicionales a la capacidad productiva y la rentabilidad de los predios; por ejemplo, valorización por desarrollo industrial o turístico, o la expansión urbanística.

• Incorporación de los Planes Nacionales de Reforma Rural Integral a la institucionalidad existente.

En segundo lugar, con relación a la participación política, las propuestas del uribismo más relevantes son estas:

• Prohibición para que las tres vocerías transitorias, así como las curules especiales que se otorgarán por dos periodos legislativos, no sean ocupadas por integrantes de las FARC-EP sancionados por la comisión de delitos graves o de lesa humanidad.

• Igualdad de beneficios para el partido político que surja de las FARC-EP en relación con los partidos y movimientos que existen actualmente.

• Posibilidad de que los partidos y movimientos existentes participen dentro de las 16 circunscripciones transitorias especiales de paz.

En tercer lugar, en lo relacionado con el narcotráfico, el uribismo plantea que el Acuerdo debe dar cuenta del enfoque integral y equilibrado de la lucha contra las drogas, es decir, el que prima actualmente (persecución penal de todos los involucrados en la producción y distribución, reducción de cultivos con métodos como la aspersión aérea, entre otras cuestiones). Desde este marco, se propone lo siguiente:

• Privilegiar la erradicación manual, pero emplear por razones de seguridad nacional la aspersión aérea, tal y como lo señaló en días pasados el actual Fiscal General de la Nación.

• No renunciar a la persecución penal contra los cultivadores.

• Considerar el narcotráfico como un delito autónomo no amnistiable.

En cuarto lugar, sobre el tema de víctimas, la propuesta tiene como aspectos relevantes los siguientes:

• Deber de informar bienes para la reparación económica de las víctimas, toda vez que, según este documento, el término “reparación integral” incorporado en el Acuerdo de paz es “difuso”. Esta información deberá ser brindada antes de la entrada en vigencia del Acuerdo.

• Participación de las víctimas en las 16 circunscripciones especiales transitorias, así como en la adjudicación de medios de comunicación comunitarios.

• Participación de los partidos políticos existentes en calidad de nominadores en la composición de la Comisión de la Verdad.

Finalmente, en lo concerniente al tema de justicia e impunidad, el documento considera que la Jurisdicción Especial para la Paz acordada entre el Gobierno y las FARC-EP sustituye la institucionalidad judicial actual, no es clara respecto del marco jurídico que aplicará y no garantiza los derechos procesales. También considera que el acuerdo sobre justicia permite la elegibilidad política de criminales de lesa humanidad, no sanciona el homicidio de integrantes de la Fuerza Pública cuando ocurren en combate, amplia la conexidad con el delito político para favorecer la amnistía de la mayor cantidad de conductas punibles y viola el Estatuto de Roma al no sancionar con penas privativas de la libertad a quienes se postulen a esta jurisdicción y cumplan con las exigencias en cuanto a verdad y reparación. Las principales propuestas que dan cuenta de estas objeciones son las siguientes:

• Eliminación de la Jurisdicción Especial de Paz y la creación de un sistema de justicia transicional al interior de la jurisdicción ordinaria, la cual se caracterizaría por la puesta en funcionamiento de unas “Cortes para la Paz”, que harían parte de los actuales Tribunales Superiores y tendrían como segunda y última instancia a la Corte Suprema de Justicia.

• Crear dentro de la Fiscalía General de la Nación una unidad llamada “Fiscalías para la paz”, que tendrían dentro de sus funciones investigar, postular y acusar ante las “Cortes para la paz”, así como perseguir a las organizaciones que se deriven del conflicto armado.

• No podrán haber magistrados extranjeros.

• Competencia sobre particulares o miembros de la Fuerza Pública sólo en caso de que estas personas se presenten voluntariamente ante este sistema de justicia transicional.

• Aplicación de la doctrina de la autoría mediata en los aparatos organizados de poder sólo contra los jefes de las FARC-EP.

• Amnistía e indulto a terceros no combatientes que hayan colaborado o auxiliado.

• Modificación del régimen de sanciones de la siguiente forma: cinco a ochos años de privación efectiva de la libertad en caso de que haya reconocimiento de la responsabilidad; 15 a 20 años en caso de que no haya reconocimiento por parte de los responsables, y 10 a 15 años para los cómplices.

• Este sistema no podrá desconocer el carácter de cosa juzgada de las decisiones anteriores tomadas por la jurisdicción ordinaria.

• Homologación de condenas a quienes hayan sido condenados en la jurisdicción ordinaria a pena superior a las propuestas anteriormente.

¿Cuáles son los problemas de estas propuestas?

Las propuestas contenidas en el documento presentado por el uribismo se pueden dividir en tres tipos: unas inocuas, dado que ya están dentro de los Acuerdos; otras aceptables, pues mejoran en cierto sentido el Acuerdo; y otras que rompen de tajo el acuerdo alcanzado, no sólo porque desconocen el contexto y la correlación de fuerzas en una negociación que lleva más de cinco años, sino porque son violatorias de los derechos de las víctimas.

Respecto del primer grupo, cuestiones como la obligación de las FARC-EP de entregar bienes para la reparación de las víctimas ya estaba en el Acuerdo y, además, ha sido reiterada por este grupo en diversas alocuciones públicas realizadas por sus voceros. Es igualmente irrelevante la diferenciación que se hace entre reparación económica y reparación integral, toda vez que desde el derecho internacional y los estándares constitucionales hay absoluta claridad de que la primera está contenida dentro de la segunda. También carece de sentido la serie de obligaciones que le imponen a las FARC-EP relacionadas con el desmantelamiento del negocio del narcotráfico, en tanto esto es uno de los puntos con mayor claridad dentro del Acuerdo de paz y sobre el que las partes han reiterado sus compromisos.

Dentro del segundo grupo, aunque pocas, hay algunas propuestas que son interesantes, por ejemplo la participación de las víctimas dentro de las circunscripciones transitorias de paz y en los espacios de difusión señalados en el Acuerdo que tienen como sujeto a las organizaciones y movimientos sociales. Al respecto, es importante tener en cuenta que el movimiento de víctimas en Colombia se ha constituido en un verdadero actor social cuya agenda no se reduce a la sanción de los responsables de los hechos victimizantes o a la reparación de los daños sufridos, sino que, como en el caso de Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado, incluye propuestas políticas de ajuste institucional para evitar la repetición de nuevas violaciones a los derechos humanos, el fortalecimiento del Estado Social y Democrático de Derecho, y la ampliación de la democracia. En este sentido, muchas de las organizaciones que lo conforman constituyen actores emergentes en los territorios a los cuales la ampliación de los espacios electorales o de difusión les sería de mucha utilidad.

En cuanto al tercer grupo, la propuesta uribista contiene elementos totalmente opuestos, no solamente a lo acordado, sino a las causas mismas del conflicto armado. Son varios, pero por razones de espacio esta columna se limitará a cuatro puntos: limitaciones al acuerdo sobre reforma rural integral, politización de la comisión de la verdad, eliminación de la jurisdicción especial para la paz y penas alternativas sin deber de verdad y reparación.

Reforma rural integral

En este aspecto el documento contiene dos propuestas preocupantes: primero, considera que no hay que actualizar el catastro y, segundo, que deben titularse los terrenos baldíos apropiados actualmente a favor de sus ocupantes, sacándolos del fondo de tierras que se distribuirán gratuitamente. Con relación al primer punto, lo propuesto perpetuaría uno de los principales problemas que tiene el campo colombiano: la falta de un catastro actualizado que permita que el Estado cuente con un registro veraz de las tierras rurales y las cargas impositivas que deberían pagar sus dueños por el uso que le dan. De esta forma, se seguiría sin saber cuáles son los verdaderos usos dados a las tierras y sus dueños continuarían pagando impuestos irrisorios respecto del valor comercial de los predios y lo producido en estos.

Con relación al segundo punto, en Colombia el uso de baldíos por parte de campesinos o pequeños productores no es un inconveniente mayor; la verdadera problemática al respeto es que grandes terratenientes y empresarios rurales han tomado posesión de estos terrenos, por lo que la propuesta del uribismo busca legalizar este despojo contra las tierras de la nación, cuya destinación debería ser preferentemente hacia los sectores rurales con menores ingresos y calidad de vida.

Comisión de la verdad

Teniendo en cuenta que el conflicto armado colombiano ha sido de carácter político, muchos de los partidos y movimientos existentes han tenido un alto grado de responsabilidad en su existencia y recrudecimiento. Por esta razón, es necesario que exista un mecanismo (en este caso, extrajudicial) de carácter independiente, que permita construir y reconstruir los relatos en torno a la violencia, a las víctimas y a los responsables. Que el Acuerdo final señale que los comisionados que la conforman deban ser independientes de las partes en conflicto es una garantía mínima para lograr este objetivo, por lo que proponer que actores políticos como los partidos, que han tenido en mayor o menor medida responsabilidad en lo ocurrido, entren a nominar a sus integrantes, viola esta mínima garantía y genera un alto riesgo de politización clientelista de este órgano transicional.

Eliminación de la Jurisdicción Especial para la Paz

Quizá la propuesta con mayor impacto en el Acuerdo de paz es la eliminación de la Jurisdicción Especial para la Paz. Tal y como está proyectada, la pertinencia de un mecanismo como este gira sobre la idea según la cual la finalización de los conflictos armados requiere medidas e institucionales ad hoc que sirvan como una bisagra entre la etapa de violencia y los hechos violatorios ocurridos durante ésta, y una proyección de futuro donde se empieza con nuevas reglas en la política. Esta necesidad también parte de la idea de que las instituciones existentes no garantizan una completa autonomía e independencia respecto de una de las partes.

En consonancia con lo anterior, eliminar la Jurisdicción Especial parte de una idea equivocada según la cual una de las partes fue derrotada y debió reconocer los mecanismos judiciales tradicionales para su juzgamiento. Por el contrario, la Jurisdicción es fruto de un acuerdo entre dos partes que no lograron aniquilar por la vía militar a su contendor, por lo que debieron acordar un mecanismo diferente a los actuales que permita a los actores que acudan al mismo sin prejuicios ni temores.

Penas alternativas y verdad

A primera vista, la propuesta del uribismo respecto de las sanciones penales parecería más garantista que lo acordado, toda vez que establece penas privativas de la libertad de cinco años como mínimo. Sin embargo, incluye dos trampas que beneficiarían a integrantes de la Fuerza Pública y terceros responsables. La primera es que, mientras exige que los integrantes de las FARC-EP deban aceptar la responsabilidad para acceder a una pena privativa de cinco años (lo que, desde la perspectiva de los derechos de las víctimas, incluye un deber fuerte con la verdad de lo ocurrido), su propuesta de Cortes para la paz prohíbe que puedan vincularse a integrantes de la Fuerza Pública y particulares para que también acepten responsabilidad; sólo en caso que lo hagan voluntariamente serían objeto de la acción de estas cortes. De esta manera, innumerables casos por violaciones a los derechos humanos que no han tenido una respuesta positiva en la rama judicial existente seguirían sin resolverse.

La segunda es que incluye una cláusula que beneficiaría con libertad a integrantes de la Fuerza Pública presos por violaciones a los derechos humanos si ya han purgado tiempo similar o superior a las penas alternativas propuestas, sin que para ello se les exija contar toda la verdad de lo ocurrido y reparar a las víctimas. Esto desconoce que las penas alternativas acordadas entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP no son un intercambio de impunidades, sino que exigen un fuerte compromiso de los actores con el derecho a la verdad y la reparación integral de las víctimas, es decir, se basa en una suerte de mesa de tres patas sobre la cual posa una idea de justicia restaurativa previa garantía de los derechos de las víctimas. La propuesta del uribismo, por el contrario, al no exigir ni reparación ni verdad sí constituye una medida de impunidad, pues otorga amplios beneficios a los responsables sin que las víctimas vean cumplidos sus derechos.

http://palabrasalmargen.com/index.php/articulos/nacional/item/uribismo-y-acuerdo-de-paz-propuestas-para-perpetuar-la-impunidad-y-la-iniquidad?category_id=138

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