“Terminaremos pagándole abogado a los militares retirados”
El congresista Germán Navas asegura que el Fondo de Defensa Técnica no sólo se aplicará a miembros del servicio activo.
semana.com
En las próximas semanas entrará en vigencia la nueva ley que crea el fondo de defensa técnica para los militares, una iniciativa que el gobierno tramitó de urgencia en la pasada legislatura y que pretendía contrarrestar los efectos de la decisión de la Corte Constitucional de tumbar la reforma del fuero penal militar.
Esta iniciativa, según el congresista de la oposición Germán Navas Talero, se le incluyó por parte del Gobierno una disposición que en su criterio es excesiva. Consiste en que de esta ley no sólo se beneficiarán los militares que en servicio activo incurran en alguna falta, sino que también se amplió el beneficio para los militares en retiro.
En palabras de Navas, con esta disposición “los colombianos le vamos a terminar pagando de nuestro bolsillo el abogado a los militares retirados”.
Antes de terminar la legislatura, el pasado 16 de diciembre, las plenarias de Senado y Cámara le dieron aprobación a esta ley sin mucho ruido y casi que a pupitrazo. El Gobierno le había reclamado esta ley al parlamento con el argumento de que tras la caída de la reforma al fuero militar, los militares han venido reclamando esta especie de seguro por parte del Estrado, ya que los abogados de oficio que actualmente les ofrecen son de la Defensoría del Pueblo, que no tienen conocimiento técnico de las operaciones militares del conflicto, y son frecuentemente derrotados por los abogados demandantes, en muchos casos de ONG defensoras de derechos humanos.
Pero para Navas, lo curioso de esta iniciativa es que el fondo de defensa técnica no se limita a los militares en servicio activo sino también al militar en retiro, y según Navas no se circunscribe a actuaciones propias del servicio, sino que cobija a cualquier delito.
“La exclusión es mínima”, dice Navas al señalar que la norma que entrará en vigencia estableció que aquellas conductas que se constituyan en crímenes de lesa humanidad o delitos contra el patrimonio del Estado son los únicos que quedaron excluidos. Pero por ejemplo, sin un militar en retiro es investigado por lesiones personales, por si atropella a alguien conduciendo en estado de embriaguez, o por cualquier otra conducta tipificada en el código penal, se pueden beneficiar de que el Estado acarrea con el valor de su defensa.
“Está bien que haya un hilo conductor en delitos que tengan que ver con el servicio ¿pero cualquier delito? Eso es un exceso. El Estado no debe pagar por cualquier conducta irregular de los militares, incluso si están retirados”, considera Navas.
El representante del Polo también advierte que el Estado podría pagar el abogado a aquellos militares involucrados en delitos contra la administración de justicia, al recordar el caso del coronel del Ejército Robinson González del Rio, quien aparece en unas grabaciones ofreciéndole 400 millones de pesos al entonces magistrado de la Judicatura Henry Villarraga para ayudarle a que un proceso en su contra cambiará de la jurisdicción ordinaria a la penal militar. Por ese caso Villarraga tuvo que renunciar a su condición de magistrado. “Si los militares sobornan o coaccionan a un testigo, pues esos procesos los vamos a terminar pagando los colombianos de nuestro bolsillo".
El plan B del fuero militar, a cambio de reestablecer la presunción de que todos los actos de los militares corresponden al servicio, para que sean investigados por jueces especializados en las normas del conflicto, y no por los actuales jueces que se rigen por el código penal, consistió en que el Gobierno les ofreció acarrear con todos los gastos para su defensa ante los jueces.
Porque la ley creará el fondo de Defensa Técnica y Especializada de los miembros de la Fuerza Pública, que hará parte del Ministerio de Defensa, con independencia patrimonial.
Este nuevo fondo gubernamental financiará la defensa de los miembros de la fuerza pública, cuando la falta o delito “haya sido cometido en ejercicio de la misión constitucional asignada a la fuerza pública o con ocasión de ella”. Y establece que este fondo se financiará con los recursos del Estado.
El cálculo del Gobierno es destinar entre 60.000 y 70.000 millones de pesos del presupuesto del Ministerio de Defensa, que es de 22 billones de pesos (vigencia 2013), para pagarle el abogado a los militares caídos en desgracia.
Además, el Estado no sólo pagará la defensa de quienes son juzgados por la justicia ordinaria colombiana sino que amplía sus alcances a la jurisdicción de tribunales internacionales.
Otro aspecto particular que encontró Navas es que esta norma solo se aplicará a los militares investigados con posterior a la ley, sino que cobijaría a los que estén siendo procesados en la actualidad, sin importar si la ocurrencia de los delitos fuera con anterioridad al 2013.
Navas Talero, quien fue uno de los congresistas que interpuso la demanda contra el fuero militar, y cuyos argumentos fueron acogidas por la Corte Constitucional para tumbar esta reforma, señaló que este plan b también fue aprobado por el Congreso de forma inconstitucional.
Navas considera que esta nueva norma ha debido ser tramitada en las comisiones primeras por ocuparse de la regulación de un derecho fundamental. También señala que esta norma violó el artículo 355 de la Constitución que señala que ninguna de las ramas del poder público podrá decretar auxilios o donaciones en favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado.
A pesar de estos argumentos, Navas no ha definido si presentará una demanda contra esta ley que está a punto de entrar en vigencia. Eso sí ya tiene un antecedente a su favor, la Corte Constitucional le dio la razón cuando demandó la reforma al fuero militar.
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