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LO QUE HAY DEL RÉGIMEN PENSIONAL DE DOCENTES COLOMBIANOS


La verdad sobre el régimen pensional de los docentes
Jueves 21 de mayo de 2009

En vista de la justa inquietud que hay en el magisterio acerca de la vigencia del régimen pensional de los docentes, consideramos pertinente hacer claridad sobre la situación real, con el fin de evitar especulaciones y confusiones.

Como es sabido, en el año 2005 fue aprobado por el Congreso de la República el Acto Legislativo No. 01, de iniciativa gubernamental, y quedó establecido en el parágrafo transitorio 1º que “El régimen pensional de los docentes nacionales, nacionalizados y territoriales, vinculados al servicio público educativo oficial es el establecido para el Magisterio en las disposiciones legales vigentes con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 812 de 2.003, y lo preceptuado en el artículo 81 de ésta. Los docentes que se hayan vinculado o se vinculen a partir de la vigencia de la citada ley, tendrán los derechos de prima media establecidos en las leyes del Sistema General de Pensiones, en los términos del artículo 81 de la ley 812 de 2003”.

En el Parágrafo transitorio 2º del mismo Acto Legislativo se precisó que “sin perjuicio de los derechos adquiridos, el régimen aplicable a los miembros de la Fuerza Pública y al Presidente de la República, y lo establecido en los parágrafos del presente artículo, la vigencia de los regímenes especiales, los exceptuados, así como cualquier otro distinto al establecido de manera permanente en las leyes del Sistema General de Pensiones expirará el 31 de julio de 2.010” (negrillas fuera de texto)

Sin embargo, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, al responder una consulta hecha por el Ministerio de Educación en cuanto a si los regímenes de los docentes perdían vigencia a partir del 31 de julio de 2.010, en un concepto emitido el 22 de noviembre de 2.007, sostuvo que efectivamente perdían vigencia como consecuencia del Acto Legislativo.

En vista de esta situación abiertamente desfavorable para miles de educadores, la Senadora Gloria Inés Ramírez Ríos consiguió que el 23 de julio de 2008 la Comisión Séptima del Senado aprobara una proposición suya conformando “una comisión accidental que tendrá como responsabilidad estudiar la problemática relacionada con el tema de las pensiones de docentes, así como proponer alternativas de solución, que conduzcan a la realización de los derechos de este importante sector de servidores públicos”. Dicha comisión quedó integrada por el Presidente de FECODE, un delegado del Ministerio de Educación Nacional, un delegado del Fondo de Prestaciones Sociales del magisterio y los Senadores Gloria Inés Ramírez y Luís Carlos Avellaneda. El 13 de mayo de este año, la comisión fue ampliada con los senadores Jaime Dussan, Héctor Helí Rojas, Luís Fernando Velasco, Hernán Andrade, Jorge Guevara y Efraín Cepeda.

La Comisión ha realizado varias reuniones. En la primera de ellas los voceros del Ministerio de Educación manifestaron que su política era la de acatar los conceptos del Consejo de Estado y que un cambio de esa posición sólo podría darse si mediaban argumentos muy sólidos. FECODE, por su parte, entregó posteriormente un análisis de sus asesores jurídicos para controvertir el concepto del Consejo de Estado y sustentar la defensa de los derechos del magisterio en materia pensional. El gobierno se comprometió, entonces, a estudiar el documento de FECODE y a dar una respuesta posterior.

Fue así como el 15 de mayo se convocó una reunión de la Comisión en donde el gobierno, por boca del Ministro de la Protección Social, entregaría la respuesta. Sin embargo, en esa reunión el Ministro se limitó a decir que recogían los argumentos dados por los parlamentarios y los voceros de FECODE para analizarlos al interior del gobierno y dar una respuesta rápida, pero se negó a comprometerse con una fecha específica, no obstante que los representantes de FECODE insistieron con que la respuesta debía conocerse antes del 23 de mayo, que es el día en que vencen los términos de las conversaciones del Pliego presentado a consideración del gobierno nacional, en el cual está incluido el tema pensional.

El 16 de mayo, en el Consejo Comunal realizado en Pereira, el Presidente de la República afirmó que “la Ministra, en diálogo con los profesores, en diálogo con FECODE está buscando también cómo la aplicación de la norma constitucional que elimina los privilegios pensionales se hace como debe hacerse, sin afectar derechos adquiridos, con una transición que respete las expectativas próximas de adquisición de derechos que se habían obtenido a momento de aprobar el acto legislativo. Confío que se pueda dar una respuesta razonable a los profesores que están en transición”.

Por último, el 20 de mayo, la Ministra de Educación dijo al presidente del senado en una reunión con los parlamentarios que “soplan buenos vientos”, refiriéndose al mismo tema de las pensiones. En esta misma reunión se acordó enviarle una carta de los parlamentarios a la Ministra de Educación solicitándole aclarar de una vez por todas la posición del gobierno.

Este resumen de las gestiones adelantadas indica que se han logrado algunos avances importantes y que han mejorado las condiciones para conseguir que se les reconozcan a varios miles de educadores sus derechos, pero aún no podemos asegurar que el problema ha sido resuelto de manera definitiva. En lo que a nosotros respecta, continuaremos trabajando para lograr los objetivos, pero es necesario que el magisterio permanezca alerta y en plena disposición de lucha para que los “buenos vientos” de que habla la Ministra no vayan a terminar disipándose sino que en realidad constituyan una certeza de que le serán respetados los derechos constitucionales y legales a los maestros de Colombia reconociendo así su vital labor.

Bogotá, D.C. 21 de mayo de 2009

Gloria Inés Ramírez Rios
Senadora de la República por el PDA

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