La recién radicada en el Congreso reforma tributaria es la tercera del actual gobierno, que alega que es necesaria por el déficit fiscal acumulado por el país producto de los gastos sociales que debió cubrir para poder atender la crisis de salud pública y económica generada por la pandemia del covid-19. Gastos efectivos pero que no son la causa real de tal déficit, el que fue generado por la dádivas otorgadas por el gobierno Duque a través de su segunda RT.
Como podrá recordarse, en la segunda de estas reformas (2019), la llamada ‘Ley de Crecimiento Económico’, se redujeron gradualmente los impuestos sobre la renta a las grandes empresas del 33 al 30 por ciento, de manera progresiva. El costo para el fisco de esta condescendencia significó un menor recaudo de $1,3 billones en el primer año; para el segundo de $ 2,7 billones y para 2022, de mantenerse, la reducción del recaudo alcanzará los $ 4,3 billones. Además, en la adquisición de bienes de capital se rebajó el 100 por ciento en la tarifa del IVA.
Como debe recordarse, una cosa es una renta básica, sin condiciones y otra un subsidio, como el propuesto por este gobierno con otro nombre, mecanismo de administración del hambre y de la pobreza, mecanismo de control y sometimiento social
3. En otro de sus tópicos, el gobierno nacional destinará anualmente recursos para el aporte al pago parcial o total del valor de la matrícula de los estudiantes en condición de pobreza, pobreza extrema o vulnerabilidad de las instituciones de educación superior públicas, en programas de educación técnica profesional, tecnológica y universitaria (art. 30), dando así continuidad a la concepción de subsidiar la demanda en lugar de promover un sistema universal gratuito, dejando, a la vez, que las instituciones públicas continúen aumentando sus déficits presupuestales que las está conduciendo a la insolvencia.
5. También pretenden con esta reforma6. aplicar un impuesto a las pensiones más altas. La idea inicial es empezar a gravarlas a partir de percibir 4 millones/mes.
6. Para que no quede dudas sobre a quién afecta la reforma y teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión de Expertos en Beneficios Tributarios, en este frente el Gobierno busca “preservar la competitividad del país”, por lo que una primera medida dentro del articulado será reducir la tarifa de renta a las Personas Jurídicas, que sería de 24 por ciento para las empresas pequeñas y tendría una tarifa máxima de 31 por ciento en 2022 y que disminuiría al 30 a partir de 2023.
7. También se anunció que se mantendrán hasta 2022 los beneficios tributarios que están relacionados con economía naranja y turismo y hasta 2025 los relacionados con la construcción de hoteles. Así mismo, se mantendrá el descuento del IVA a los bienes de capital.
8. El artículo 156 da poder a los alcaldes de las ciudades capitales para instalar peajes dentro de su jurisdicción en las vías que se encuentren a su cargo, como fuente de financiación para la infraestructura de movilidad, que contribuya a la sostenibilidad, mejoramiento y expansión de esta.
- Suprimir, fusionar, reestructurar, modificar entidades, organismos y dependencias de la Rama Ejecutiva del poder Público del orden nacional.
- Disponer la fusión, escisión o disolución y consiguiente liquidación de entidades públicas, sociedades de economía mixta, sociedades descentralizadas indirectas y asociaciones de entidades públicas, en las cuales exista participación de entidades públicas del orden nacional.
- Realizar las modificaciones presupuestales necesarias para financiar los gastos de funcionamiento e inversión necesarios para el cumplimiento de las funciones que se asignen a las entidades escindidas, suprimidas, fusionadas, reestructuradas, modificadas o disueltas en desarrollo de las facultades otorgadas por la presente ley.