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IMPUNIDAD PARA LOS PRESIDENTES, REGLA DEL RÉGIMEN POLÍTICO COLOMBIANO

https://static.iris.net.co/semana/upload/images/2015/10/6/445131_7713_1.jpg  Foto: Jesús Abad Colorado

...Colombia, por ahora, no tiene la fortaleza institucional para responsabilizar a sus expresidentes...

¿Por qué en Colombia ningún presidente cae ante la justicia?

La inmunidad presidencial parece una ley inquebrantable y, en el caso del expresidente Álvaro Uribe, se ha exacerbado esta regla no formal del régimen político colombiano.

Jorge Iván Cuervo.*

Paternalismo exacerbado

La inmunidad política del presidente de la República parece estar asegurada, tanto durante el ejercicio de su cargo como después de haber cesado en sus funciones.

Esta es una de las características del régimen presidencial colombiano, en el que la falta de responsabilidad política del jefe del Estado se refleja en su relación con la justicia durante el ejercicio de su cargo y después de haber salido del gobierno.

La Constitución de 1991 dice que el presidente “simboliza la unidad nacional”, en una personalización del poder que desconoce la diversidad de una nación como Colombia, que no podría quedar representada en una sola institución, y menos en una institución unipersonal como la Presidencia de la República.

Aunque las implicaciones de esta disposición son puramente simbólicas, parece ser la clave para entender que entre la sociedad colombiana y el presidente existe una relación que puede calificarse como de paternalismo exacerbado. El presidente es el buen padre a quien confiamos nuestra protección, y, en los términos del artículo 188 de la Carta, él es quien “se obliga a garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos”.
La sociedad colombiana y el presidente existe una relación que puede calificarse como de paternalismo exacerbado. 

El papel de supremo protector que se atribuye al presidente de turno hace que no se le pueda responsabilizar por sus excesos eventuales en el desempeño de un deber que se considera sagrado. Es tanto el fervor por librar de responsabilidades al primer mandatario, que hasta en el Acuerdo con las FARC quedó una cláusula que exime expresamente a todos los expresidentes que gobernaron durante el conflicto de comparecer ante la Jurisdicción Especial para la Paz.

Así, lo que se ganó en equilibrio institucional entre los poderes públicos en la Constitución de 1991, se perdió en responsabilidad política del presidente de la República. Esa parece ser una pieza clave de la estabilidad institucional del Estado colombiano que nadie está dispuesto a remover.

Foto: Procuraduría General de la NaciónCorte Constitucional, que frenó la tercera reelección de Uribe.

Difíciles de juzgar

El entramado institucional para juzgar al presidente en Colombia empieza por la Cámara de Representantes, que debe acusarlo ante el Senado cuando hubiere causas constitucionales para ello (aun después de haber cesado en el ejercicio de su cargo). Esta es una prerrogativa excesiva que ha hecho imposible adelantar un juicio a ningún expresidente después de 1991.

El juicio ante el Congreso es de carácter político, aunque puede basarse en una investigación judicial previa por parte de la Cámara. Esto explica por qué se archivó la investigación contra el presidente Samper por su aparente responsabilidad en el conocimiento del ingreso de dineros del narcotráfico a su campaña. Se trató entonces de una decisión en clave política, no judicial, aunque finalmente haya tenido efectos de cosa juzgada.

Un presidente podría ser destituido por razones de mala conducta que no necesariamente constituyan un delito, y si ha incurrido en delitos, sí sería remitido ante la Corte Suprema de Justicia después de que el Senado lo autorice. El caso de la destitución por mala, conducta sería el equivalente colombiano de la figura del impeachment, es decir, la posibilidad de hacer responsable al presidente por mal desempeño del cargo. Sin embargo, la expresión “mala conducta” es algo vaga o ambigua y parece referirse a actuaciones personales del primer mandatario y no al ejercicio del cargo.

Hay varios ejemplos de presidentes que nunca fueron juzgados por acciones muy controvertidas:
  • Al expresidente Belisario Betancur nunca se le pudo iniciar un juicio de responsabilidad por los hechos del Palacio de Justicia, pese a que él en cadena nacional asumió “toda la responsabilidad” por lo acontecido,
  • Al expresidente Ernesto Samper no se le pudo juzgar por su conocimiento en la infiltración de dineros del narcotráfico en su campaña,
  • No hubo forma de responsabilizar al presidente Andrés Pastrana por el desastre del Caguán, que a su vez abrió las puertas para la elección y reelección de Álvaro Uribe y marcó un punto de quiebre en el conflicto armado, el cual aún vivimos.
Foto: Corte Suprema de Justicia ¿Es imposible juzgar a un presidente en Colombia?

El caso Uribe

Y llegamos a Álvaro Uribe, quien como expresidente ha hecho de la inmunidad un fortín infranqueable y una causa política más allá de la responsabilidad institucional. En este caso, a las dificultades institucionales de enjuiciar a un expresidente se suma el hecho de que Uribe haya logrado vender la idea de que todo intento de investigarlo es una persecución política de sus enemigos.

Este argumento le ha servido a Uribe personalmente pero no a sus colaboradores, pues muchos de ellos sí han tenido la mala fortuna de ser condenados por hechos sucedidos bajo sus dos gobiernos. Ejemplos de esto son:
  • El exsecretario general de la Presidencia, Bernardo Moreno, por temas relacionados con las interceptaciones ilegales a magistrados de la Corte Suprema (precisamente los encargados de juzgar al presidente),
  • El exministro de Protección Social, Diego Palacio, por hechos relacionados con prebendas a congresistas para lograr la aprobación de la segunda reelección,
  • La exdirectora del DAS, María del Pilar Hurtado, por hechos relacionados con esas mismas interceptaciones ilegales (una conducta que tiene en la cárcel al expresidente de Panamá, Ricardo Martinelli, quien —paradójicamente— dio asilo a la funcionaria colombiana),
  • El exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias, condenado por la Corte y destituido por la Procuraduría por hechos de corrupción en ejercicio de su cargo.
Este último caso ha sido el más emblemático, y se ha convertido en una bandera del expresidente y del propio exministro, quien sostiene haber sido condenado por el delito de “lesa uribidad” es decir, por ser un fiel escudero de las políticas del gobierno de entonces y haber sido ungido como su más seguro heredero político.

Igual que en el caso de cualquier otro ciudadano, determinar la responsabilidad penal de los expresidentes es una decisión que corresponde a las autoridades competentes. En el caso de Uribe el problema radica en que a las dificultades propias del diseño institucional se suma la presión de quien considera que toda causa iniciada contra él o su círculo familiar obedece a una persecución política.

Uribe haya logrado vender la idea de que todo intento de investigarlo es una persecución política.

Con esto Uribe logra poner en duda la legitimidad de las acusaciones (por lo menos ante su auditorio) y hace muy difícil que avance la causa, independientemente de los méritos intrínsecos que parezcan tener las acusaciones. Esto se ha visto cada vez que la justicia solicita se investigue su posible responsabilidad en hechos ocurridos en su condición de gobernador de Antioquia o, más recientemente, en su condición de senador de la República en el sonado caso de los falsos testigos que involucra al senador Iván Cepeda.

Cualquier avance en las investigaciones en su contra lleva invariablemente a la tensión entre las instituciones, a señalamientos indebidos a los magistrados competentes y a reforzar la solidaridad de propios y extraños, hasta el punto de hacer ver como una afrenta a la ciudadanía alguna decisión que en cualquier otro proceso sería simplemente rutinaria (por ejemplo, la decisión de un tribunal de aceptar o rechazar un testigo).

Explicación del presente

Así las cosas, establecer la responsabilidad presidencial en medio de la polarización que vive se ha convertido en un imposible. Pero tal vez la certeza de que esto sea así podría también ser la clave para destrabar el proceso.

Tal vez para el expresidente y el círculo uribista la garantía de impunidad para los propios sea más importante que la falta de justicia para otros. Esto ya se logró en relación con los terceros que intervinieron en el conflicto y fueron eximidos de comparecer ante la JEP (con aval de la Corte Constitucional), así como con los intentos para quitar a esta jurisdicción la competencia de juzgar a los militares, una causa que lidera el partido del senador Uribe.

Colombia, por ahora, no tiene la fortaleza institucional para responsabilizar a sus expresidentes, como es evidente con el caso Odebrecht, y un acuerdo con el enemigo histórico del establecimiento no será el que venga a cambiar esa situación. Esto puede explicar la resistencia del expresidente Uribe al componente de justicia transicional que fue a su vez la clave del Acuerdo de La Habana.
_____________________
*Profesor e investigador de la universidad Externado de Colombia, columnista y autor de numerosas publicaciones
@cuervoji.

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