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RECHAZO GENERALIZADO A PRETENSIÓN DEL GOBIERNO DUQUE-URIBE PARA AUMENTO DEL IVA EN ALIMENTOS

Proyecto de nueva ley de financiamiento será presentado al Congreso este miércoles 31 de octubre para iniciar trámite
Actualmente la mitad de los productos de la canasta familiar pagan IVA y ahora lo harán el 80 por ciento.
***
Rechazan aumento del IVA en alimentos en Colombia




La Ley de Financiamiento será presentada este miércoles en el Congreso, pero recibe numerosas críticas por sus efectos en las familias vulnerables. | Foto: Contagio Radio



La propuesta del Gobierno de Iván Duque será presentada este miércoles ante el Congreso y prevé el aumento del gravamen a los productos de la canasta básica. 

El proyecto de ley para ampliar el gravamen a los productos de la canasta básica que fue presentado por el Gobierno de Iván Duque acumula cada vez más rechazo, mientras que este miércoles será la presentación de la propuesta ante el Congreso de Colombia. 

El presidente de la Sociedad de Agricultores de Colombia (SAV), Jorge Bedoya, lamentó la decisión que ha tomado el Gobierno de Duque, que plantea gravar toda la canasta familiar con el 19 por ciento del Impuesto de Valor Agregado (IVA).

"El anuncio del gobierno de Iván Duque de un nuevo IVA que recaerá directamente en el consumo de los colombianos y los obligará a ajustarse más en términos de gastos", expresó Bedoya.

El presidente de la SAC indicó que “evidentemente hay productos que están excluidos. En el caso particular de las carnes y los huevos, que están exentos del IVA, pues obviamente ponerle un IVA del 19 por ciento es subirle el precio el 19 por ciento".

Si la sociedad colombiana no se moviliza en contra del IVA de la canasta básica familiar, terminaremos viviendo en el país más desigual de la tierra.

Bedoyan acotó que si el Congreso aprueba el proyecto de ley de Financiamiento, esta normativa afectaría la nutrición de los niños y las personas que tienen ingresos bajos en Colombia. 

Por su parte, el dirigente del movimiento Colombia Humana, Gustavo Petro, señaló en redes sociales que si la sociedad colombiana no se moviliza contra el IVA en la canasta básica, el país se convertirá en el más desigual del planeta.

El proyecto de Ley de Financiamiento propone impuesto de IVA para la mayor parte de la canasta familiar y menor impuesto para las empresas.

Entre los productos que actualmente tienen una tarifa cero y quedarían gravados se encuentran el arroz, pan, papa, hortalizas, vegetales, frutas, carne de res y de cerdo, pollo, huevos, queso y leche.

con información de Prensa Latina - La FM - Vanguardia
Fuente: teleSUR - vp - SB
https://www.telesurtv.net/news/colombia-iva-canasta-familiar-ivan-duque-congreso-20181031-0016.html

Gobierno extenderá el IVA a casi toda la canasta familiar

El proyecto de la nueva ley de financiamiento será presentado ante el Congreso este miércoles 31 de octubre para que inicie su discusión.

En su nueva ley de financiamiento, el Gobierno de Iván Duque gravaría prácticamente todos los productos de la canasta familiar, según lo anunciado por el director de la Dian, José Andrés Romero.

Solo los servicios de salud y servicios públicos no estarían cubiertos por el aumento del IVA%

El Gobierno presentará el texto de la ley de financiamiento -que no es otra cosa que un proyecto de reforma tributaria- con el que se busca suplir el faltante de más de billones de pesos del Presupuesto General de la Nación para el 2019 aprobado hace apenas unos días.

Otra de las medidas del Gobierno tiene que ver con nuevas tarifas para que personas con salarios altos declaren renta.

El impuesto a la renta de las personas de ingresos altos se buscará elevarlo en tarifas diferenciadas desde el actual 33% a un 35% y un 37%, dependiendo de varios rangos de ingresos.

Entre tanto, el impuesto a la renta de las empresas, se disminuirá del actual 33% para llevarlo al 30%.

El Gobierno buscará además reducir el porcentaje del IVA que pasaría de 19% a 18% en 2019 y de 18% a 17% EN 2020.

Para el director de la Dian, el principio de progresividad se cumpliría con la devolución del incremento del IVA para sectores desfavorecidos de la sociedad –cerca de 3 millones de familias-con un mecanismo muy parecido al del actual Sisben.

"Además de lo anterior, se fortalecerán las penas contra los evasores y se crearán tribunales de arbitramento aduanero por pequeños montos para simplificar procedimientos", dijo Romero.

El impuesto a las transacciones financieras del 4 por mil también se mantendrá vigente.

La iniciativa enfrentará un difícil camino al interior del Congreso pues el Gobierno no tiene una mayoría sólida, además queda poco tiempo para el debate antes de que termine el año.

Fuente: https://noticias.canalrcn.com/tags/iva

Así será la Ley de Financiamiento que presentará el Gobierno este miércoles

La iniciativa del gobierno de Iván Duque Márquez tendría mensaje de urgencia, puesto que el tiempo que queda de legislatura es limitado, lo que permitirá que sea discutida en primer lugar por las comisiones económicas conjuntas, para luego pasar a las plenarias de la Cámara y el Senado.

Así será la Ley de Financiamiento que presentará el Gobierno este miércoles. (Foto: Archivo / VANGUARDIA LIBERAL)

El Gobierno Nacional reveló detalles de lo que será la ley de financiamiento que se presentará este miércoles en el Congreso de la República, la cual fue construida bajo cinco pilares: cubrir el déficit de 14 billones de pesos que tiene el presupuesto general de la Nación de 2019, generar mayor competitividad de las empresas, tener una mayor progresividad en materia de impuestos, reactivar la economía y generar más empleo en el país.

Uno de los puntos que contempla la propuesta es el de extender y unificar el Impuesto de Valor Agregado (IVA) a casi toda la canasta familiar, con una reducción progresiva en un principio al 18 % (2019) y luego al 17 % (2021). Actualmente, este tributo es del 19 % y contempla exenciones y exclusiones a varios productos.

En ese sentido, productos de consumo diario como la leche, los huevos, el queso, las carnes, los cereales, las frutas y las verduras serían gravados con IVA del 18 % a partir del próximo año y seguirían excluidos los servicios de educación y salud, el transporte, los servicios públicos, los medicamentos y productos de bienestar, la construcción de obras civiles y edificaciones, los arrendamientos, entre otros. Esta medida, según cifras reveladas por el Gobierno, permitiría recaudar 11,3 billones de pesos en 2019 y 12 billones en 2020.

Este es uno de los aspectos más polémicos de la propuesta por el impacto que puede tener en las clases media y baja del país. Sin embargo, el Gobierno también plantea la devolución del IVA que sea pagado por las personas de menores ingresos a través de un mecanismo apalancado en el Sisbén y programas sociales como Familias en Acción, Jóvenes en Acción y Adulto Mayor, entre otros. 

De acuerdo con la propuesta, a las familias de bajos recursos se les devolverá, a partir del puntaje del Sisbén, 51.300 pesos mensuales por concepto de IVA y sería mediante pago anticipado a través de giro electrónico o cobro por ventanilla. Esto tendría un costo promedio para el Estado de 2,6 billones de pesos al año.

“En este momento los pobres no son los más beneficiados con las exclusiones del IVA. Son las personas de más altos ingresos que se benefician del 25 % de los recursos que se dejan de pagar, mientras que los de menores ingresos solo se benefician del 5 %”, explicó el presidente Duque.

Precisamente, el Gobierno asegura que el mecanismo de compensación por pago de IVA impactará a 4,3 millones de hogares, los de menores recursos del país, que tienen ingresos mensuales promedio entre 214.000 pesos y 789.000 pesos.

Según los cálculos del Ejecutivo, estas familias pagan mensualmente, con el IVA actual, entre 12.943 pesos y 24.104 pesos, pero con la propuesta de la ley de financiamiento pasarán a pagar en promedio entre 29.422 pesos y 50.973 pesos. De ahí, que el Gobierno haya planteado devolverles a estos grupos poblacionales los 51.300 pesos mensuales por el pago de IVA que realizan, como una medida para compensar la regresividad de este impuesto.

Sin embargo, el debate seguramente se centrará –tanto en el Congreso como en la opinión pública– en las familias con ingresos subsiguientes, que están ubicadas en el rango de los 970.000 pesos y 1,4 millones de pesos, las cuales no recibirán la compensación monetaria pero sí tendrán un incremento en sus gastos por cuenta de la extensión del IVA a más productos de la canasta familiar.

Por ejemplo, según tablas reveladas por el Gobierno, una familia que gana mensualmente 971.791 pesos, paga hoy en día un promedio de 26.726 pesos en IVA mensualmente, pero con la reforma pagaría 53.231 pesos. Esto equivale a un incremento de 26.505 pesos mensuales, es decir 318.000 pesos al año que se sumarían a sus gastos.

No obstante, aunque no recibirán la compensación monetaria, el Gobierno argumenta que estas familias sí se verán beneficiadas de otras maneras, como con inversiones que se harán en infraestructura y diferentes programas que tendrán fondos y que podrán impactarlas.

Impuesto a la renta

Otro de los puntos que contempla la ley de financiamiento es el impuesto de renta a las personas naturales, en donde se plantea la unificación de la cédula tributaria. De este modo, las personas que devengan un salario entre 4,8 millones y 7,5 millones de pesos tendrán una tarifa del 19 %; las que tengan ingresos de hasta 18,1 millones, del 28 %; hasta 33 millones, del 33 %, mientras que los que tengan ingresos superiores a los 33 millones tendrán una tarifa del 37 %. 

“La ley de financiamiento es progresiva y por lo tanto incrementa las tarifas marginales para los colombianos de mayores ingresos. Las personas con mayores ingresos pagarán más impuestos y contribuirán en mayor medida al funcionamiento del Estado. No se cambiará el umbral a partir del cual se declara renta, por tanto las personas de menores ingresos no tendrán que pagar ese impuesto”, explicó el Gobierno, que además calcula que esta medida le permitirá tener un recaudo de 1,7 billones de pesos en 2019 y de 2 billones en 2020.

Por otro lado, desde su campaña presidencial, Duque venía anunciando la necesidad de disminuir la carga tributaria de las empresas, ya que cuentan con una tasa efectiva de tributación del 69,8 %. Frente a este tema la reforma plantea una reducción de los impuestos que pagan las pequeñas y medianas empresas con el fin de mejorar la competitividad, incrementar el aparato productivo, estimular la inversión y generar más empleo en el país.

Para eso, el Gobierno plantea reducir gradualmente el impuesto de renta de las personas jurídicas del 32 % en 2020 a un 30 % en 2022, además de realizar el descuento del 100 % del IVA por la adquisición de bienes de capital y una disminución gradual del 3 % al 0 % de la renta presuntiva.

Así mismo, se contemplan otras medidas como realizar el descuento del 50 % del ICA a partir del 2020, un descuento del 50 % del Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) o más conocido como el 4 x 1000, y otorgar 10 años sin renta para las empresas que inviertan y generen empleo en el sector agrícola y cinco años sin renta para el sector de la economía naranja. 

“Esta sumatoria de herramientas para nosotros nos permitirá que la tasa efectiva de tributación baje sustancialmente y ponga al país a funcionar en materia de competitividad empresarial y a generar empleo”, explicó Duque.

Todas estas medidas van acompañadas de una modernización de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), que contempla la simplificación de trámites y el fortalecimiento contra la evasión y la elusión. En total, se espera que esta entidad pueda llegar a tener un recaudo total de 50 billones de pesos.

Lo cierto es que el Gobierno de Duque espera recaudar a través de la ley de financiamiento 19,4 billones de pesos el próximo año, con el objetivo de tener un mayor y mejor recaudo, impulsar la economía y que se siga presentando una mejor perspectiva en cuanto a los ingresos petroleros, entre otros, que permitan tener una sostenibilidad fiscal a largo plazo. No obstante, desde este miércoles, el balón estará del lado del Congreso de la República.

Publicada por COLPRENSA
Fuente: https://www.vanguardia.com/colombia/449296-asi-sera-la-ley-de-financiamiento-que-presentara-el-gobierno-este-miercoles

Estos son los bienes que no tendrán IVA

Productos farmacéuticos, toallas higiénicas y aparatos anticonceptivos no pagarán este gravamen. Pero todo indica que muchos alimentos como arroz, carnes, huevos y leche, sí lo harán. SEMANA tuvo acceso al proyecto que será radicado esta tarde.

 
Actualmente la mitad de los productos de la canasta familiar pagan IVA y ahora lo harán el 80 por ciento. Foto: SEMANA

Esta tarde el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, radicará en el Congreso de la República el proyecto de Ley de Financiamiento que plantea cambios importantes en impuestos como el IVA y renta para los colombianos. El proyecto, que espera recaudar unos 19 billones de pesos, tendrá un componente importante de recaudo estimado en unos 14 billones de pesos. Y buena parte de estos provendrán del aumento en la base de productos que estarán gravados con el IVA.

Actualmente la mitad de los productos de la canasta familiar pagan IVA y ahora lo harán el 80 por ciento. Entre los productos que no van a pagar este impuesto están servicios de salud y bienes relacionados con la salud como vitaminas, sangre humana y animal, medicamentos, vacunas, guatas, gasas y vendas, sillas de ruedas, lentes de contacto y vidrios para gafas, toallas higiénicas, anticonceptivos y artículos de ortopedia.

Tampoco tendrán que pagar el IVA los alimentos de consumo humano donados a los bancos de alimentos, los alimentos de consumo humano que se importen de países vecinos y que vayan a los departamentos de Vichada, La Guajira, Guainía y Vaupés, así como la primera vivienda nueva de hasta por valor de 888 millones de pesos (26.800 UVT).

Estas exclusiones planteadas en la reforma que comienza a hacer trámite en el Congreso implicarían que muchos alimentos que hoy están exentos, como arroz, carnes, huevos, leche, queso, hortalizas y frutas, comenzarán a pagar IVA en caso de que la propuesta del gobierno sea aceptada.

Estos son los productos que, según el proyecto de Ley de Financiamiento que conoció SEMANA, y que se radicará esta tarde, estarían excluidos de hacer este pago.

BIENES QUE NO CAUSAN EL IMPUESTO. Los siguientes bienes se hallan excluidos del impuesto y por consiguiente su venta o importación no causa el impuesto sobre las ventas -IVA. Para tal efecto se utiliza la nomenclatura arancelaria andina vigente:

19.01.10.91.00 
Únicamente la Bienestarina.

27.11.11.00.00 
Gas natural licuado.

27.11.12.00.00 
Gas propano, incluido el autogás.

27.11.13.00.00 
Butanos licuados.

27.11.21.00.00 
Gas natural en estado gaseoso, incluido el biogás.

27.11.29 
Gas propano en estado gaseoso y gas butano en estado gaseoso, incluido el autogás.

29.36 
Provitaminas y vitaminas, naturales o reproducidas por síntesis (incluidos los concentrados naturales).Y sus derivados utilizados principalmente como vitaminas, mezclados o no entre sí o en disoluciones de cualquier clase.

29.41 
Antibióticos.

30.01 
Glándulas y demás órganos para usos opoterápicos, desecados, incluso pulverizados, extracto de glándulas o de otros órganos o de sus secreciones, para usos opoterápicos, heparina y sus sales, las demás sustancias humanas o animales preparadas para usos terapéuticos o profilácticos, no expresadas ni comprendidos en otra parte.

30.02 
Sangre humana, sangre animal preparada para usos terapéuticos, profilácticos o de diagnóstico, antisueros (sueros con anticuerpos), demás fracciones de la sangre y productos inmunológicos modificados, incluso obtenidos por proceso biotecnológico, vacunas, toxinas, cultivos de microrganismos (excepto las levaduras) y productos similares.

30.03 
Medicamentos (excepto los productos de las partidas 30.02, 30.05 o 30.06) constituidos por productos mezclados entre sí, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, sin dosificar ni acondicionar para la venta al por menor.

30.04 
Medicamentos (excepto los productos de las partidas 30.02, 30.05 o 30.06) constituidos por productos mezclados o sin mezclar preparados para usos terapéuticos o profilácticos, dosificados o acondicionados para la venta al por menor.

30.05 
Guatas, gasas, vendas y artículos análogos (por ejemplo: apósitos, esparadrapos, sinapismos), impregnados o recubiertos de sustancias farmacéuticas o acondicionados para la venta al por menor con fines médicos, quirúrgicos, odontológicos o veterinarios.

30.06 
Preparaciones y artículos farmacéuticos a que se refiere la nota 4 de este capítulo.

38.22.00.90.00 
Reactivos de diagnóstico sobre cualquier soporte y reactivos de diagnóstico preparados, incluso sobre soporte.

40.14.10.00.00 
Preservativos.

87.13 
Sillones de ruedas y demás vehículos para inválidos, incluso con motor u otro mecanismo de propulsión.

87.14.20.00.00 
Partes y accesorios de sillones de ruedas y demás vehículos para inválidos de la partida 87.13.

90.01.30.00.00 
Lentes de contacto.

90.01.40.00.00 
Lentes de vidrio para gafas.

90.01.50.00.00 
Lentes de otras materias para gafas.

90.18.39.00.00 
Catéteres y catéteres peritoneales y equipos para la infusión de líquidos y filtros para diálisis renal de esta subpartida.

90.18.90.90.00 
Equipos para la infusión de sangre.

90.21 
Artículos y aparatos de ortopedia, incluidas las fajas y vendajes médico-quirúrgicos y las muletas tablillas, férulas u otros artículos y aparatos para fracturas, artículos y aparatos de prótesis, audífonos y demás aparatos que lleve la propia persona o se le implanten para compensar un defecto o incapacidad. Las impresoras braille, máquinas inteligentes de lectura para ciegos, software lector de pantalla para ciegos, estereotipadoras braille, líneas braille, regletas braille, cajas aritméticas y de dibujo braille, elementos manuales o mecánicos de escritura del sistema braille, así como los bastones para ciegos aunque estén dotados de tecnología, contenidos en esta partida arancelaria.

93.01 
Armas de guerra, excepto los revólveres, pistolas y armas blancas, de uso privativo de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

96.19 
Compresas y tampones higiénicos.

Adicionalmente:

Las materias primas destinadas a la producción de vacunas para lo cual deberá acreditarse tal condición en la forma como lo señale el reglamento.

Todos los productos de soporte nutricional (incluidos los suplementos dietarios y los complementos nutricionales en presentaciones líquidas, sólidas, granuladas, gaseosas, en polvo) del régimen especial destinados a ser administrados por vía enteral, para pacientes con patologías específicas o con condiciones especiales; y los alimentos para propósitos médicos especiales para pacientes que requieren nutrición enteral por sonda a corto o largo plazo. Clasificados por las subpartidas 21.06.90.79.00, 21.06.90.90.00 y 22.02.90.99.00.

Los dispositivos anticonceptivos para uso femenino.

Los alimentos de consumo humano y animal que se importen de los países colindantes a los departamentos de Vichada, La Guajira, Guainía y Vaupés, siempre y cuando se destinen exclusivamente al consumo local en esos departamentos.

Los alimentos de consumo humano donados a favor de los bancos de alimentos legalmente constituidos, de acuerdo con la reglamentación que expida el Gobierno nacional.

La primera venta de unidades de vivienda nueva hasta 26.800 UVT, incluidas las realizadas mediante cesiones de derechos fiduciarios por montos equivalentes. La primera venta de las unidades de vivienda de interés social VIS, urbana y rural, y de vivienda de interés prioritario VIP, urbana y rural, mantendrá el tratamiento establecido en el parágrafo 2 del artículo 850 del Estatuto Tributario.
Los alimentos de consumo humano y animal, vestuario, elementos de aseo y medicamentos para uso humano o veterinario, materiales de construcción; bicicletas y sus partes; motocicletas y sus partes; y motocarros y sus partes que se introduzcan y comercialicen a los departamentos de Amazonas, Guainía y Vaupés, siempre y cuando se destinen exclusivamente al consumo dentro del mismo departamento y las motocicletas y motocarros sean registrados en el departamento. El Gobierno nacional reglamentará la materia para garantizar que la exclusión del impuesto sobre las ventas –IVA se aplique en las ventas al consumidor final.

El combustible para aviación que se suministre para el servicio de transporte aéreo nacional de pasajeros y de carga con origen y destino a los departamentos de Guainía, Amazonas, Vaupés, San Andrés Islas y Providencia, Arauca y Vichada.

Los productos que se compren o introduzcan al departamento del Amazonas en el marco del convenio Colombo-Peruano y el convenio con la República Federativa del Brasil.

Las municiones y material de guerra o reservado y por consiguiente de uso privativo y los siguientes elementos pertenecientes a las Fuerzas Militares y la Policía Nacional:

a) Sistemas de armas y armamento mayor y menor de todos los tipos, modelos y calibres con sus accesorios repuestos y los elementos necesarios para la instrucción de tiro, operación, manejo y mantenimiento de los mismos;

b) Todo tipo de naves, artefactos navales y aeronaves destinadas al servicio del Ramo de Defensa Nacional, con sus accesorios, repuestos y demás elementos necesarios para su operabilidad y funcionamiento;

c) Municiones, torpedos y minas de todos los tipos, clases y calibres para los sistemas de armas y el armamento mayor y menor que usan las Fuerzas Militares y la Policía Nacional;

d) Material blindado;

e) Semovientes de todas las clases y razas destinadas al mantenimiento del orden público, interno o externo;

f) Materiales explosivos y pirotécnicos, materias primas para su fabricación y accesorios para su empleo;

g) Paracaídas y equipos de salto para Unidades Aerotransportadas, incluidos los necesarios para su mantenimiento;

h) Elementos, equipos y accesorios contra motines;

i) Equipos de ingenieros de combate con sus accesorios y repuestos;

j) Equipos de buceo y de voladuras submarinas, sus repuestos y accesorios;

k) Equipos de detección aérea, de superficie y submarina sus accesorios, repuestos, equipos de sintonía y calibración;

l) Elementos para control de incendios y de averías, sus accesorios y repuestos;

m) Herramientas y equipos para pruebas y mantenimiento del material de guerra o reservado;

n) Equipos, software y demás implementos de sistemas y comunicaciones para uso de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional;

o) Otros elementos aplicables al servicio y fabricación del material de guerra o reservado;

p) Servicios de diseño, construcción y mantenimiento de armas, municiones y material de guerra, con destino a la fuerza pública, así como la capacitación de tripulaciones de la fuerza pública, prestados por las entidades descentralizadas del orden nacional de sector defensa.

Fuente: https://www.semana.com/economia/articulo/estos-son-los-bienes-que-no-tendran-iva/589038

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