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MODELO SANTOS DE PROTECCIÓN SOCIAL, MUCHO TILIN Y NADA DE DERECHOS



El “modelo Santos” de protección social:
mucho tilín tilín y nada de derechos

         Héctor Vásquez F.
         Escuela Nacional Sindical
                 
        
Reforma pensional fiscalista

“Más que una reforma de lo que se trata es hacer realidad un nuevo modelo de protección para la vejez”: así inicia el texto de presentación de propuesta de reforma pensional que el Gobierno le presentó a sindicatos y gremios empresariales en la reunión de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, realizada el pasado lunes en la ciudad de Bogotá.

Según el diagnóstico que ha presentado el Gobierno, la reforma tendría dos objetivos: el primero, ampliar la baja cobertura que hoy presenta el sistema, que apenas permite que el 10% de los trabajadores se puedan pensionar. En esta parte, el diagnóstico es compartido por todos los interlocutores sociales que estamos interviniendo en el debate pensional. Efectivamente, de cada 100 trabajadores apenas 32 se encuentran cotizando activamente al sistema y por lo tanto cuentan con alguna expectativa de obtener el derecho a una pensión al cabo de su vida laboral; y por otro lado, de cada 100 adultos mayores apenas 31 recibe pensión, los demás o viven de sus rentas (una minoría) o reciben algún subsidios del Estado, (entre 40 mil y 75 pesos mensuales con una cobertura del 12% de la población adulta mayor, personas de SISBEN 1 y 2); los demás o están condenados a vivir en la indigencia o en el mejor de los casos de la solidaridad de sus familias1.

El segundo objetivo, es disminuir el costo fiscal que actualmente le representa al país pagarle a 1.629.000 pensionados sus mesadas anuales, las que en el 2011 sumaron 24 billones, (el 3.7% del PIB). En este punto el diagnóstico no es compartido, pues toda el agua sucia del problema se lo achacan al régimen de prima media que hoy maneja COLPENSIONES, cuando en la realidad, el mayor costo fiscal está representado por  el valor de las mesadas que reconocen los regímenes especiales que aseguran pensiones millonarias a congresistas, jueces y magistrados, por el valor de las pensiones anticipadas (sueldo de retiro), que se le reconocen a los miembros de la policía y del ejército, y por la desfinanciación que significó el traslado de los afiliados al ISS hacia los fondos privados de pensiones, los que al día de hoy, manejan más de 120 billones2.

En este punto el gobierno tiene razón en relación con los problemas de equidad que presenta el sistema, pues buena parte de los recursos se destinan a subsidiar las pensiones del 20% que reciben las pensiones más altas, los que reciben el 86.3% del total de los subsidios en tanto que el 20% más pobre apenas recibe el 0.1% de los subsidios, un asunto que está pendiente que lo resuelva la Corte Constitucional, concretamente en relación con los beneficios que la ley 4ª de 1992 le reconoce a jueces, magistrados y congresistas.

Las propuestas del Gobierno

El Ministro pardo presentó las tres propuestas que enmarcan el “nuevo modelo pensional”, el que supuestamente le va a permitir a “todos los trabajadores formales e informales, contar con un ingreso a la edad de jubilación o retiro, bien sea mediante una pensión o un apoyo del Estado”.

La primera propuesta es que en adelante el Estado sólo financiará pensiones equivalentes a un salario mínimo legal, para lo cual todos los trabajadores deberemos ingresar al régimen de prima media que será el encargado de garantizar esta prestación, y cotizar en él por el equivalente a una salario mínimo legal. Quienes tengan un salario mayor al mínimo y quieran contar con un ingreso adicional cuando sean viejos, tendrán que abrir una cuenta individual, en Colpensiones o en los fondos privados, y sólo lo que ahorren allí, con sus respectivos rendimientos financieros, será el ingreso adicional a su pensión de salario mínimo. Por tanto, aquí no se tiene para nada en cuenta  como ahora el ingreso base de liquidación de sus aportes, ni su promedio salarial en el último año, o el de los 10 últimos, o el de toda la vida laboral: usted cotiza sobre un salario mínimo, y este mínimo será el monto de pensión, lo demás dependerá de su ahorro y punto.

Según el gobierno, esta propuesta tiene una base de razonabilidad en una idea de equidad, pues actualmente, una vez se agotan los recursos que el pensionado acumuló durante 1.225 semanas de cotización, garantizarle el pago de su mesada por el resto de vida que le queda, (14 años es el promedio que calcula el gobierno), significa que el Estado tenga que aportar 87 millones para un trabajador de salario mínimo, o $428.3 millones para uno de 10, (hoy la expectativa de vida en Colombia está en 74 años promedio).

Esta primera propuesta hace sostenible financieramente el sistema, pero no resuelve para nada el problema de cobertura en materia de cotizantes, ni de exclusión del 70% de la población adulta mayor. Además elimina de tajo el sistema vigente, que a los trabajadores con ingresos superiores a un salario mínimo les permitía acceder a una pensión en proporción a su ingreso base de liquidación, y por tanto, garantizarse un calidad de vida mejor que la que permite el salario mínimo. Adicionalmente, tiene un problema de transparencia, pues de trasfondo está la idea de la “bomba pensional”, que cada gobierno esgrime para asustar a los ciudadanos, sin que tal afirmación esté sustentada en estudios actuariales creíbles y actuales que permitan establecer con claridad la magnitud de la deuda pensional y sus causas.

La segunda propuesta es poner en marcha el sistema de beneficios económicos periódicos (BEPS), que está dirigido a la población trabajadora de la economía informal, que no puede afiliarse al régimen de prima media ni cotizar sobre la base de un salario mínimo, (la cotización actual es del 16% del salario: 12% aporte del empleador, 4% del trabajador), y con los cuales el gobierno tiene la meta de incrementar en 7 millones los afiliados al régimen pensional.

Este sistema permitiría hacer ahorros anuales de hasta $885.000 como máximo, ahorro que se entrega cuando la persona cumpla 65 años, más un incremento del 20% que sale del presupuesto nacional. Este ahorro, más ese 20%, será la base para liquidar el ingreso mensual periódico, que no podrá superar el 85% del salario mínimo. La propuesta dice que las personas podrán agregar la indemnización sustitutiva que reciben del régimen de prima media cuando no cumplen con las semanas mínimas que dan derecho a pensión.

Esta propuesta tiene el inconveniente práctico de la capacidad de ahorro de los trabajadores que laboran en la economía informal, para quienes va dirigida la propuesta, y que tienen ingresos inferiores al salario mínimo. En Colombia el 49.5% de los trabajadores tienen un ingreso inferior a un salario mínimo, y el ingreso promedio de los trabajadores por cuenta propia es apenas el 80% de un salario mínimo legal. En estos trabajadores la prioridad es la alimentación, a la que según el DANE destinan el 34.6% de sus ingresos, y en segundo lugar la vivienda, a la que destinan el 29.7%3. Hasta aquí va el 64.3%, lo que les deja muy poco margen para cubrir otras necesidades.

En el mejor de los casos, con un ahorro del 10% de sus ingresos durante 1.300 semanas, acumularían un capital de 18 millones, (incluyendo el 20% del subsidio), lo que les permitiría un ingreso mensual durante 14 años de 109 mil pesos. Con este cálculo, este trabajador evaluará qué es lo que más le conviene: si ahorrar el 10% de su ingreso mensual, para al final de su vida reclamar $109 mil mensuales, o reclamar el subsidio que hoy se entrega a los adultos mayores de SISBEN 1 y 2, que equivale a $75.000 al mes, y por el cual no tiene que hacer ningún ahorro. Queda claro que esta propuesta tampoco ampliará cobertura, o la ampliará marginalmente, pues los ingresos laborales de la población que trabaja en la economía informal apenas da para que vivan muy precariamente, sin ninguna capacidad de ahorro.

La tercera propuesta es ampliar el programa de atención al adulto mayor Esta última consiste en la entrega de subsidios que van desde $40.000 mes (ración alimenticia a cargo del ICBF) a $75.000 (subsidio monetario), y tiene una  cobertura de 627 mil personas, el 12% de la población adulta mayor. Aquí la meta es alcanzar una cobertura de un millón de personas en el 2013. Estos subsidios están focalizados en los niveles 1 y 2 del SISBEN, no se reciben como un derecho al que se accede mostrando la cédula, sino que está mediado por los directorios políticos que sustentan al gobierno, y que lo utilizan como instrumento para hacer clientelismo y garantizarse, vía inscripción y asignación de cupos, un apoyo electoral para sus campañas, factor que corrompe la democracia.

Por un pacto social para la protección social

Los sistemas de protección social son claves en la construcción de sociedades democráticas, incluyentes y civilizadas, y son el núcleo o la sustancia del Estado Social, democrático y de derecho. En este punto lo que diseñamos y acordamos por consenso los colombianos y colombianas en la reforma constitucional de 1991, es apenas una promesa inconclusa, constantemente amenazada y vulnerada desde las políticas neoliberales.

La estrategia del actual gobierno es hacer reformas parciales que nos ponen a discutir sobre cada árbol en particular, pero que no nos permiten ver el bosque: reforma del régimen de cesantías (subsidio al desempleo); reforma tributaria; reforma al régimen de salud; reforma del régimen pensional. La crisis generalizada que presenta el sistema de protección social en Colombia, lo que demanda es de una reforma integral, reforma que debe recoger las reflexiones que desde los organismos internacionales se han estado haciendo, como Naciones Unidas, la OIT, y otros organismos, y nuestra propia experiencia y valoración de lo que tenemos. Para lograr este objetivo, es fundamental promover una amplia deliberación pública a través del Diálogo Social, que incorpore a todos los actores sociales que tienen interés e implicación en el tema.

Por lo pronto, y en relación con el régimen pensional, desde los trabajadores los sindicatos han estado construyendo propuestas para garantizar el derecho a la protección de los ingresos para toda la población adulta mayor, propuestas que hagan realidad la noción de dignidad en la que supuestamente descansa nuestro Estado. Algunas de estas propuestas se resumen en los siguientes objetivos:

Estudio Técnico Actuarial de alta calidad, rigor y garantía de objetividad e imparcialidad, realizado por el departamento de Seguridad Social y Actuaria de la OIT, que abarque todas las instituciones públicas y privadas encargadas de las pensiones en Colombia, en todos sus componentes: régimen de ahorro individual con sus fondos privados de pensiones y sus sociedades administradoras; régimen de prima media con prestación definida; régimen público con todas las entidades; y entidades que manejan o tengan a su cargo regímenes especiales de pensiones.

Sistema pensional como un sistema público de protección social, cuyo objetivo fundamental sea la garantía de derechos humanos fundamentales y no la posibilidad de hacer negocios, como ocurre hoy con el sistema de ahorro individual.

Sistema pensional de pilares, con un primer pilar solidario, financiado con impuestos y recursos públicos, que asegure a toda persona adulta mayor, independiente de su condición socioeconómica y de si ha cotizado o no al sistema, un ingreso mínimo equivalente a medio salario mínimo legal, inicialmente focalizado en la población adulta mayor más vulnerable. Este ingresos se podría incrementar mediante un sistema de ahorros individuales como los que propone el sistema BEPS, (la financiación de este pilar cuesta menos de la mitad del costo fiscal que hoy tienen las exenciones tributarias al capital)4. Un segundo pilar, que hace parte del régimen de prima media, con cotizaciones obligatorias hasta 7 salarios mínimos legales, asegurando una pensión en las condiciones que están establecidas para el régimen de prima media. Y un tercer pilar, para trabajadores que puedan y quieran cotizar por encima de 7 salarios mínimos, a través de la apertura de cuentas de ahorro individual, (en Colpensiones o en los fondos privados), que permitan un ingreso superior a la pensión que asegura el segundo pilar.

La garantía de pensión mínima para todos aquellos trabajadores que cumplieron la edad, y cuentan hasta con el 70% de la semanas cotizadas, para lo cual se les seguirá descontando la respectiva cotización.

Restablecer el derecho a la negociación colectiva en materia pensional acatando de manera plena las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical de la OIT.

NOTAS:

1 Recientemente, una misión de la OCDE realizó un diagnóstico de la situación económica y social del país, en el que, a propósito del régimen pensional, planteó lo siguiente: “El sistema de pensiones plantea serios problemas de equidad. La cobertura del régimen contributivo es baja, y la falta de una pensión mínima en el primer pilar condena a muchos ancianos a la pobreza. En 2012 sólo recibió una pensión el 30% de la población en edad de jubilación, en comparación con un porcentaje del 80% al 90% en países como Argentina, Brasil, Chile y Uruguay”. (OCDE. Estudios económicos de la OCDE. Colombia, evaluación económica, visión general, enero de 2013, pág. 37)

2 Hasta noviembre de 2012 había 1.005.121 pensionados en COLPENSIONES, el 61.7% del total de pensionados. De estos, el 73.6% recibe una pensión inferior a 2 SMLV, y el 91.9% inferior a 4. Estas mesadas le costaron al Estado 12.3 billones en el 2012, la mitad del costo fiscal pensional.

3DANE, los componentes de la canasta familiar y su ponderación según los niveles de ingresos.

4 “La utilización de los gastos tributarios ha crecido de forma constante en Colombia desde principios del decenio de 2000; su número aumentó de 127 a 201 entre 2000 y 2011. Según las estimaciones, en 2010 los ingresos fiscales sacrificados representaron entre el 3% y el 4,5% del PIB (Banco Mundial, 2012a). (…) El gran número de gastos tributarios – por ejemplo,  aquellos relacionados con las zonas de libre comercio, los regímenes legales, las tasas preferenciales para las pequeñas empresas (las denominadas SAS) y las tasas reducidas y exenciones del IVA – no sólo merman los ingresos sino que también añaden un alto grado de complejidad al sistema, lo cual encarece su administración y cumplimiento, y facilita la elusión y evasión” (o.c, pág 41).

 Edición N° 00339 – Semana del 15 al 21 de Febrero de 2013
http://viva.org.co/cajavirtual/svc0339/articulo04.html

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