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CORTE CONSTITUCIONAL RECONOCIÓ EL DERECHO DE LA PRIMA DE SERVICIOS A LOS MAESTROS

Corte Constitucional falló a favor de los docentes de Armenia 

El Ministerio de Educación tendrá que pagarles medio sueldo, con retroactivo a 8 años.

CARACOL 
 
La Corte Constitucional le reconoció el derecho de la “prima de servicios” a los maestros del departamento de Armenia, quienes desde hace tres años venían peleando por la vía judicial el reconocimiento de esta bonificación para los trabajadores del sector público.

En segunda instancia el Tribunal Administrativo de Armenia había favorecido a los 46 docentes que interpusieron la queja, obligando así al Ministerio de Educación a pagarles $5.000 millones por el retroactivo de la prima desde el 2006.

El Ministerio acatando la orden judicial, desembolsó los recursos a los maestros pero interpuso ante la Corte Constitucional una tutela contra sentencia para dejar sin piso jurídico la decisión y obligar a los maestros a devolver los $5.000 millones, como lo explicó Sandra Roya, jefe de la oficina de asesoría jurídica del Ministerio de Educación.

El Alto Tribunal negó la tutela y favoreció al magisterio departamental. Fallo con el cual marcó un precedente, pues automáticamente a todos los docentes de Armenia les reconoció el derecho a la prima de servicios.

Según el abogado Yobany López, quien en nombre del magisterio interpuso la demanda, "el pago de la prima de servicios equivale a 15 días de salario por cada año de trabajo del docente y está estipulado desde la ley 91 de 1989”.

Sin embargo, para que los demás maestros de Armenia y del resto del país puedan reclamar su derecho tendrán que demandar al Estado, y podrían tomar como base este fallo que benefició a los 46 maestros de Armenia para salir victoriosos.

Ahora está con este fallo se abre la puerta para que los docentes del país a quienes no se les pagó la prima desde 1989, puedan reclamar el retroactivo de los últimos tres años de sus primas de servicio, pero para eso tendrán que llevar el pleito ante los tribunales judiciales.

Al respecto Sandra Rayo de la oficina jurídica del Mineducación, señala que “estarán prestos a atender todas las demandas que interpongan al respecto”.


http://www.caracol.com.co/noticias/economia/corte-constitucional-fallo-a-favor-de-los-docentes-de-armenia/20130128/nota/1832114.aspx

FECODE Y LAS ORIENTACIONES HECHAS ANTES Y DESPUÉS DEL FALLO



Los maestros tienen derecho a la prima de servicios
 

FECODE ha emprendido una batalla jurídica por el reconocimiento a la prima de servicios para el magisterio, como funcionarios públicos también tienen derecho a este reconocimiento a su trabajo anual.

En algunos departamentos como Quindío, tribunales y juzgados han reconocido los tres derechos a grupos de educadores; otros, sólo la prima de servicios y algunos más, los han negado.

La prima de servicios equivale a 15 días de salario por cada año laborado y, en este momento, se les paga a empleados de la rama ejecutiva, al igual que la bonificación por servicios prestados y la bonificación por recreación. El accionar de FECODE está dirigido hacia el reconocimiento de estos derechos para el magisterio colombiano.

El Ministerio de Educación interpuso una tutela contra los fallos que conceden el derecho y será la Corte Constitucional la que dirima el conflicto, ateniéndose estrictamente a los fundamentos legales al respecto.

Los asesores jurídicos de FECODE presentaron un documento ante este tribunal, donde se justifica jurídicamente el pago de estas bonificaciones.

El abogado Jorge Humberto Valero, asesor jurídico de FECODE, explicó que “la ultima junta nacional de FECODE determino que el doctor Héctor Sánchez (asesor jurídico de FECODE) y el suscrito presentáramos una sustentación, una argumentación, ante la Corte Constitucional en el conflicto sobre la prima de servicios (entre lo que plantea el MEN y lo que dice FECODE) en la idea sana de que se obtenga allí un pronunciamiento de este tribunal de cierre, la Corte Constitucional, para que se diriman sobre si existe el derecho o no a que el magisterio tenga el reconocimiento de la prima de servicio. Esto a fin de que se eviten posteriores acciones judiciales para la obtención de este derecho. Esta semana se esta presentando este escrito a nombre de la Federación, confiamos en obtener resultados positivos”.

FECODE les recomienda a los maestros, si van a solicitar estos derechos, que lo hagan por vía gubernativa sin darle poder a un abogado, ya que si la Corte falla a favor del magisterio se evitarían pagos por servicios jurídicos.

FECODE ha puesto su confianza en la experticia legal de sus asesores jurídicos Jorge Humberto Valero y Sergio Manzano, ellos serían los encargados de llevar los trámites para evitar que los educadores y educadoras pierdan parte de estos recursos, en caso de ser aprobados, o que les toque pagar de su bolsillo si la respuesta es negativa.

En el caso del doctor Sergio Manzano, él aclara que “nuestro colectivo ha hecho publico con la Federación con ADEC (Asociación de Educadores de Cundinamarca), con la ADE (Asociación Distrital de Educadores), con todos los sindicatos a los que asesoramos, en que si ese pago llegase a ser por vía directa los honorarios, sin la presentación de la demanda, sería a cuota Litis cero (contrato de servicios profesionales donde el costo del porcentaje cobrado es cero).

Pero los abogados tienen otra tarea, como argumenta el doctor Jorge Humberto Valero, “lograr que a los docentes que se presentaron del año 90 al año 2001 por la aplicación de la Ley 344 normas posteriores se le reconozca las cesantías con efectos retroactivos. Debo aclarar que estas acciones ya se han aclarado en varios departamentos, en el Valle, en Antioquia, Atlántico, Guajira, Huila, Tolima, entre otros, y que quienes ya otorgaron estos poderes no es necesario que acudan nuevamente a hacer estos trámites”.
Luego del lamentable fallo negativo de la Corte sobre el tema de pensión gracia, FECODE se ha blindado jurídicamente para que el reconocimiento de la prima de servicios sea declarado positivo. Sin embargo, la gran conclusión de todas estas batallas jurídicas es que es realmente triste e inaceptable que mientras a otros trabajadores del Estado les reconocen bonificaciones y servicios prestados, el magisterio tenga que dar tantas batallas jurídicas por el justo reconocimiento de su trabajo, esfuerzo y constancia.

Los formatos para el derecho de petición y autorizaciones a los abogados se encuentran disponibles en nuestra página web www.fecode.edu.co


Corte Constitucional avala Prima de Servicios

 
La Corte Constitucional en la Sentencia T1066/12, ratificó el fallo que avala la Prima de Servicios para las y los docentes del departamento del Quindío. Es de aclarar que en principio la confirmación de esta sentencia cobija a los maestros que pusieron las demandas en Quindío, y en otros departamentos donde también se ha reconocido este derecho.

Por el momento, no hay efecto para todos los maestros colombianos, pero esta se considera una victoria de la unidad, la perseverancia y el espíritu de lucha del magisterio nacional. La Federación Nacional de Educadores anuncia que implementará las acciones necesarias para que se reconozca el pago a todos los maestros colombianos. Una de ellas es que el pliego de peticiones que presentaremos en el primer semestre de este año, les solicitaremos al Ministerio de Educación Nacional el reconocimiento de este derecho, avalado por la Corte Constitucional, por vía administrativa a todos los maestros y maestras del país.

Consultamos con abogados expertos y este sábado, en nuestra emisión de Encuentro de 7:00 a 7:30 a.m., explicaremos en detalle las incidencias de esta decisión. En el siguiente link, la Corte Constitucional publica la sentencia:

http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2012/t-1066-12.htm
http://fecode.edu.co/index.php/comunicados/archivo-de-noticias/133-los-maestros-tienen-derecho-a-la-prima-de-servicios 

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