A derrotar el decreto del gobierno de Santos que favorece a las mineras transnacionales y persigue a los mineros nacionales
Imagen: congresovisible.org
Luis Horacio Eslava
Como ha sido su tradición, el Gobierno Nacional expidió el pasado 30 de octubre el Decreto 2235 de 2012, que reglamenta la Decisión 774 del Consejo Andino de Ministros. Argumenta que es para perseguir a los “delincuentes” que ejercen la minería ilegal, proteger el medio ambiente y realizar los principios ambientales de la Constitución Nacional. Los ministros de Minas, Defensa y Relaciones Exteriores, así como el actual Ministro de Hacienda, calificaron a la “minería ilegal” tan dañina como el narcotráfico y anunciaron la más feroz persecución a quienes la ejercen.
El Decreto de marras, establece que son mineros ilegales quienes “ejercen la actividad minera sin contar con las autorizaciones y exigencias establecidas”. No son otros que quienes no tienen el título minero o carecen de licencia ambiental, es decir, la inmensa mayoría de los mineros tradicionales y de hecho. Los mismos mineros que durante décadas han trabajo honesta y esforzadamente en la actividad minera; muchos de ellos desplazados, en sus propias fincas, de la actividad agropecuaria por la crisis que han vivido por las políticas de importación de alimentos, persecución a sus actividades como pequeños lecheros y avicultores; crisis que se agudiza con los TLC. Estos hombres y mujeres han actuado esforzadamente para procurar alimentos y vivienda a sus familias, generando empleo y contribuyendo al desarrollo de sus regiones. Con la “locomotora minera” del gobierno vieron llegar a sus territorios las compañías, la mayoría extranjeras, que lograron rápidas titulaciones y consiguieron los contratos de concesión minera que, no eran expeditos para los tradicionales a quienes las normas y los funcionarios del ministerio de minas colocaban todo tipo de trabas a fin de impedir realizar el principio “de primero en el tiempo, primero en el derecho”, convirtiéndolos en ilegales.
Para favorecer a las grandes mineras se expide el citado decreto que desarrolla la decisión andina. Dicho decreto establece en su artículo 1° que “procederá la medida de destrucción de maquinaria pesada y sus partes previstas en el artículo 6 de la Decisión 774 de 2012 de la Comunidad Andina de Naciones” cuando “se realice exploración o explotación de minerales por cualquier persona natural o jurídica sin contar con título minero inscrito en el Registro Minero Nacional y licencia ambiental”.
Por eso es necesario que los mineros informales se agrupen y organicen para defenderse. Los mismos que carecen de títulos o licencias ambientales, a quienes se les ha burlado insistentemente en supuestos procesos de formalización. Organizados amplia y democrática para llevar a cabo, de manera rápida y pronta, su defensa y frenar la alocada locomotora de las transnacionales mineras y el gobierno nacional mediante una contundente movilización nacional que derrote el Decreto 2235 y la Decisión 774 de la CAN.
Luis horacio Eslava, abogado consultor y asesor Asominor, Comité Minero Boyacá
Como ha sido su tradición, el Gobierno Nacional expidió el pasado 30 de octubre el Decreto 2235 de 2012, que reglamenta la Decisión 774 del Consejo Andino de Ministros. Argumenta que es para perseguir a los “delincuentes” que ejercen la minería ilegal, proteger el medio ambiente y realizar los principios ambientales de la Constitución Nacional. Los ministros de Minas, Defensa y Relaciones Exteriores, así como el actual Ministro de Hacienda, calificaron a la “minería ilegal” tan dañina como el narcotráfico y anunciaron la más feroz persecución a quienes la ejercen.
El Decreto de marras, establece que son mineros ilegales quienes “ejercen la actividad minera sin contar con las autorizaciones y exigencias establecidas”. No son otros que quienes no tienen el título minero o carecen de licencia ambiental, es decir, la inmensa mayoría de los mineros tradicionales y de hecho. Los mismos mineros que durante décadas han trabajo honesta y esforzadamente en la actividad minera; muchos de ellos desplazados, en sus propias fincas, de la actividad agropecuaria por la crisis que han vivido por las políticas de importación de alimentos, persecución a sus actividades como pequeños lecheros y avicultores; crisis que se agudiza con los TLC. Estos hombres y mujeres han actuado esforzadamente para procurar alimentos y vivienda a sus familias, generando empleo y contribuyendo al desarrollo de sus regiones. Con la “locomotora minera” del gobierno vieron llegar a sus territorios las compañías, la mayoría extranjeras, que lograron rápidas titulaciones y consiguieron los contratos de concesión minera que, no eran expeditos para los tradicionales a quienes las normas y los funcionarios del ministerio de minas colocaban todo tipo de trabas a fin de impedir realizar el principio “de primero en el tiempo, primero en el derecho”, convirtiéndolos en ilegales.
Para favorecer a las grandes mineras se expide el citado decreto que desarrolla la decisión andina. Dicho decreto establece en su artículo 1° que “procederá la medida de destrucción de maquinaria pesada y sus partes previstas en el artículo 6 de la Decisión 774 de 2012 de la Comunidad Andina de Naciones” cuando “se realice exploración o explotación de minerales por cualquier persona natural o jurídica sin contar con título minero inscrito en el Registro Minero Nacional y licencia ambiental”.
Por eso es necesario que los mineros informales se agrupen y organicen para defenderse. Los mismos que carecen de títulos o licencias ambientales, a quienes se les ha burlado insistentemente en supuestos procesos de formalización. Organizados amplia y democrática para llevar a cabo, de manera rápida y pronta, su defensa y frenar la alocada locomotora de las transnacionales mineras y el gobierno nacional mediante una contundente movilización nacional que derrote el Decreto 2235 y la Decisión 774 de la CAN.
Luis horacio Eslava, abogado consultor y asesor Asominor, Comité Minero Boyacá