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CAMIONEROS, OBLIGARON RETIRO DE DECRETOS Y ESTABLECIMIENTO DE MESA DE DIÁLOGO Y CONCERTACIÓN
Después de amenazas por parte del ejecutivo, que condujeron a la brutal represión del ESMAD en el Tintal, donde resultaron conductores lesionados, tractomulas y camiones averiados por la fuerza pública, lo que motivó a la dirección de la policía nacional expedir un comunicado expresando que pagará los daños ocasionados ante una demanda inminente por parte de los afectados, los camioneros organizados en la Asociación de Camioneros de Colombia (ACC), lograron después de 15 días de paro un acuerdo que puso fin a la protesta.
Asimilando las experiencias negativas de levantar el paro sin firmar un acuerdo y de las promesas incumplidas por parte del Ministerio de Transporte y el Gobierno nacional, las bases y dirigentes de los camioneros se mantuvieron incólumes con apoyo de sus familias y de la Central Unitaria de Trabajadores Cut, y solo hasta que los representantes del gobierno firmaron el documento, no comenzaron su retiro definitivo que se produjo este viernes a la 1 AM. Incluso, ensayando altavoces de alta frecuencia para desmovilizar la protesta, no obstante las aturdidoras bocinas de los manifestantes opacaron el poder del Estado y el gobierno tuvo que negociar en medio del taponamiento de sitios claves de la capital y de varios departamentos firmando el retiro de los proyectos de Decretos de fecha 17 de enero y del 11 de febrero pasado que motivaron la protesta y del compromiso de establecer una mesa de diálogo y concertación que tendrá como fin acordar un nuevo decreto, teniendo como plazo el 15 de junio próximo.
He aquí el documento de Acuerdo firmado:
1. Los proyectos de Decretos de fecha 17 de enero y 11 de febrero del año 2011 se retiran y se reemplazarán con el nuevo proyecto de Decreto que surja de la mesa de diálogo y concertación, la cual funcionará hasta el día 15 de junio del presente año. El nuevo Decreto estará basado en el documento CONPES 3489 de octubre de 2007, con el cual se debe migrar a un sistema regulatorio basado en los costos operativos y la intervención del Estado cuando existan fallas de mercado que así lo ameriten.
2. Que mientras se producen los acuerdos producto de dicha concertación, el Gobierno Nacional mantendrá plenamente vigentes en su integridad las disposiciones y regulación vigente sobre la materia.
3. Que para la construcción del mecanismo regulatorio se dispondrá de amplio diálogo y concertación sin tema alguno vedado, a través de las mesas de concertación dispuestas por el Ministerio de Transporte con la participación de todos los integrantes de la cadena, siendo dicho escenario el único formal para avanzar con dicha concertación hasta el día 15 de junio del presente año.
4. De conformidad con la norma andina el Gobierno Nacional se compromete hacer efectivo el control del cabotaje de vehículos de carga extranjera, aplicando para ello la regulación andina vigente y normas concordantes.
5. Se promoverá a través de la Cancillería de Colombia el funcionamiento de comisiones Binacionales que tengan como fin la regulación del transporte de carga pesada a nivel internacional con participación de representantes de la cadena productiva del transporte de este sector, y representantes del sector de Hidrocarburos.
6. En la mesa de concertación se tratara lo referente a la política de combustibles Diesel.
7. En la mesa de concertación se tratará también lo referente al modelo de reposición del parque automotor que brinde permanencia, sostenibilidad y democratización de los propietarios.
8. El Gobierno se compromete a dar aplicación de manera inmediata a la prescripción de los comparendos con arreglo a la ley. El Ministerio de Transporte, en su calidad de autoridad rectora del sector transporte y tránsito en el orden Nacional, se compromete a reglamentar las condiciones para la prescripción de oficio de comparendos de tránsito en concordancia con lo dispuesto en la ley.
8. El Gobierno se compromete a dar aplicación de manera inmediata a la prescripción de los comparendos con arreglo a la ley. El Ministerio de Transporte, en su calidad de autoridad rectora del sector transporte y tránsito en el orden Nacional, se compromete a reglamentar las condiciones para la prescripción de oficio de comparendos de tránsito en concordancia con lo dispuesto en la ley.
9. Como consecuencia de la firma del presente Acuerdo se levanta de manera inmediata y se pone fin al paro camionero a nivel Nacional.
El presente acuerdo tendrá el seguimiento y aval del Vicepresidente de la República que a su vez actuara como garante de las mesas de concertación.
La presente acta se firma por:
Por el Gobierno Nacional:
ANGELINO GARZON
Vicepresidente de la República
GERMAN CARDONA GUTIERREZ
Ministro de Transporte
Por la Asociación Colombiana de Camioneros ACC:
PEDRO AGUILAR RODRIGUEZ
Ministro de Transporte
Por la Asociación Colombiana de Camioneros ACC:
PEDRO AGUILAR RODRIGUEZ
Presidente de la ACC
RICARDO VIRVIESCAS SERRANO Secretario General de la ACC
Por Guillermo Molina M. exclusivo para Boletín Emancipación Obrera