El senado emitió concepto desfavorable a la consulta popular promovida por el presidente Gustavo Petro el pasado 14 de mayo. Ahora, el Consejo de Estado estudia una demanda que busca anular esa votación. Detalles.
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Por: Alejandra Bonilla Mora
cambiocolombia.com
La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió una demanda que pretende anular la decisión del Senado de la República de negar la consulta popular que presentó el presidente Gustavo Petro.
Como se sabe, el pasado 14 de mayo, el Senado le dijo 'no' a la consulta con 49 votos negativos frente a 47 positivos. Frente a este resultado, Raymundo Francisco Marenco Boekhoudt presentó una demanda que pide anular esa votación.
Según la demanda, el senador Richard Fuelantala Delgado se abstuvo de votar, pese a que estaba registrado en el sistema electrónico y asegura que loss congresistas Martha Peralta Epiayú y León Fredy Muñoz no habrían podido votar.
Acogiendo la postura del Gobierno, el demandante afirma que supuestamente el secretario general del Senado de la República modificó el sentido de lo expresado por el senador Édgar Díaz Contreras (voto positivo a negativo), luego de cerrarse el registro de la votación.
El Consejo de Estado decidió admitir para su estudio la demanda y como Marenco pide suspender la decisión del Senado, ordenó notificar la existencia de este proceso a esa cámara, así como al Ministerio Público, la Presidencia y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que respondan a los argumentos del demandante.
Según el Consejo de Estado, la decisión del Senado sí puede ser demandada porque "se dirige contra un acto proferido por una autoridad del orden nacional, en el marco de un mecanismo de participación ciudadana, cuya iniciativa radicó en el presidente de la República".
"Por ende, la decisión de la corporación pública referida de no emitir concepto favorable sobre la consulta popular de carácter nacional, en tanto fue dictado en cumplimiento de una función constitucional que conlleva una votación, constituye un acto general de contenido electoral y, por consiguiente, susceptible de control judicial", dijo el alto tribunal.
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