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EL ABC DEL SERVICIO SOCIAL PARA LA PAZ

Con la expedición el 23 de agosto del Decreto 1079 este servicio social cobra vida jurídica planteando de entrada enormes retos institucionales

Por: Fredy Alexander Chaverra Colorado
Septiembre 04, 2024


La ley de Paz Total -Ley 2272 del 2022- no solo se limita a establecer las condiciones jurídicas mínimas para que el Gobierno Nacional avance en procesos de negociación política o diálogos socio-jurídicos con diversos actores armados; además, integra a la política de paz una serie de componentes de alcance organizacional, social y educativo, siendo el más novedoso el que establece el servicio social para la paz como alternativa al servicio militar obligatorio. Con la expedición el 23 de agosto del Decreto 1079 este servicio social cobra vida jurídica planteando de entrada enormes retos institucionales.

A continuación, pasaré revista sobre algunas de las preguntas centrales que su entrada en vigencia ha suscitado.

¿El servicio social para la paz de tajo acaba con el servicio militar obligatorio?

No. El servicio social para la paz se establece como una alternativa al servicio militar obligatorio; es decir, los jóvenes deberán presentarse a las jornadas de incorporación regulares para definir su situación militar, pero de ahora en adelante tendrán la oportunidad de prestar servicio -tanto hombres como mujeres- en calidad de Promotores del servicio social para la paz. Dicho servicio tendrá una duración de doce meses e implicará una formación específica en una modalidad temática, así como un auxilio económico mensual equivalente al 80% de lo percibido por un soldado en el servicio militar.

Al término de los doce meses, se hará entrega de una certificación como reservistas de segunda clase.

¿Cuántas y cuáles son las modalidades?

Son once modalidades y no solo se detienen en dinámicas de construcción de paz. En orden de presentación según el Decreto 1079 son:
  1. Alfabetización digital en zonas rurales y urbanas
  2. Trabajo con las víctimas en la promoción de los derechos, la defensa de los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario.
  3. La refrendación y el cumplimiento del Acuerdo de Paz.
  4. La promoción de la política pública de paz, la reconciliación, la convivencia y la no estigmatización.
  5. La protección de la naturaleza y la biodiversidad.
  6. La promoción de la paz étnico, cultural y territorial.
  7. La protección y cuidado de personas con discapacidad y personas mayores en situación de vulnerabilidad.
  8. Trabajo en la Reforma Rural Integral.
  9. La vigía del patrimonio cultural material e inmaterial de la Nación.
  10. El trabajo con personas damnificadas o afectadas por fenómeno o amenazas naturales.
  11. La promoción de la educación y las actividades relacionadas en materia de gestión del riesgo y cambio climático.
¿Qué entidades son responsables de su implementación?

Dada la magnitud del proceso y la necesidad de avanzar en una serie de ajustes institucionales, el servicio social para la paz iniciará con un pilotaje -todavía no definido- que arrojará luces sobre sus retos y desafíos. Para ello, se creará el Comité Técnico del Servicio Social para Paz como la principal instancia orientadora y articuladora para su puesta en marcha. Este Comité estará conformado por los ministerios de: Defensa, Educación, Igualad y Equidad, así como el Departamento Nacional de Planeación, el Departamento Administrativo de la Función Pública y el Consejero Comisionado para la Paz.

Tendrán participación en el Comité, en calidad de invitados, con voz pero sin voto, la academia y organizaciones sociales, con trayectoria en derechos humanos y paz, asimismo representantes del Consejo Nacional de Juventud, el Consejo Nacional de Políticas Públicas de la Juventud, o el representante de las y los Promotores del Servicio Social para la Paz.

¿Cómo se financia?

Como para variar, el tema presupuestario siempre supone un gran reto en la aplicación de una política pública. No solo porque cada modalidad implicará el despliegue articulado de un conjunto de instituciones, sino porque si no se garantiza su sostenibilidad presupuestaria el servicio social podría terminar en dos escenarios; o se limita excesivamente la oferta en algunas modalidades -fijando topes restrictivos o arbitrarios-; o el servicio social no se convierte en una alternativa atractiva ante el servicio militar.

Le corresponderá al Gobierno Nacional vía Presupuesto General de la Nación garantizar sus financiación, y, en la medida de lo posible, sumar aliados en la cooperación y el sector privado.

¿Cuándo empieza?

El servicio social para la paz se estructura en torno a siete etapas: convocatoria, inscripción, selección, ingreso, capacitación, práctica y culminación. En lo inmediato, le corresponde al Comité Técnico fijar calendario para la etapa de convocatoria; estableciendo, para efectos del primer pilotaje, las modalidades a implementar a partir de un enfoque territorial. Se deben precisar las condiciones educativas y sociales necesarias para que los jóvenes puedan vincularse al servicio social sin verse expuestos a situaciones de riesgo.

Con esta reglamentación de arranque, la Paz Total avanza en su dimensión social, generando un incentivo importante en la construcción de paz territorial, pero sin dejar de lado, desde un plano realista y práctico, una serie de retos y desafíos de cara a su implementación. Concluido el primer pilotaje en el año 2025, tendremos claro si el servicio social para paz se quedó como una promesa insertada en el papel o, si por el contrario, llegó para quedarse.

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*En la Plataforma de seguimiento al proceso de diálogo entre el gobierno y el ELN -Isegoría- se puede encontrar una amplia serie de análisis, columnas, boletines, documentos académicos, y reportajes periodísticos relacionados con este proceso y la política de paz total. Toda esta información se puede consultar en el sitio https://isegoria.udea.edu.co/

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