DOSSIER:
1. La Corte Constitucional de Colombia despenaliza el aborto hasta la semana 24
Se mantuvieron las tres causales establecidas desde 2006 para el tiempo posterior al sexto mes.
Grupos feministas protestan a favor del aborto afuera de la Corte Constitucional de ColombiaChepa Beltran / VWPics / Legion-Media
La Corte Constitucional de Colombia votó este lunes 21 de febrero a favor de la despenalización del aborto hasta la semana 24.
Durante la audiencia, cinco magistrados votaron a favor de la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo, mientras que los cuatro magistrados restantes la rechazaron. De esta forma, las mujeres podrán abortar, sin ser criminalizadas, hasta la semana 24 de gestación.
.
E
En 2006, la Corte Constitucional de Colombia se pronunció en la sentencia C-355 sobre el derecho a abortar bajo tres causales: en casos de violación; por malformación del feto; y cuando existiese riesgo de muerte para la madre.
Fuera de estas causales, el código penal, en el artículo 122, contemplaba penas de entre uno y tres años de cárcel para las mujeres que interrumpieran el embarazo.
"La conducta de abortar allí prevista solo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta semana de gestación y, en todo caso, este límite temporal no será aplicable a los tres supuestos fijados en la sentencia C-355 de 2006", informó este lunes la Corte Constitucional en un comunicado de prensa.
Entre 2020 y 2021, un total de 268 mujeres fueron denunciadas ante las autoridades por el delito de aborto, según un artículo de la organización feminista Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), que recoge información de la Fiscalía General de la Nación.
Cerca de la mitad (45 %) de estas denuncias fueron realizadas por personal médico.
Alcances de la sentencia
A partir de este lunes, las mujeres podrán acceder a la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 24. Una vez que transcurra ese período de seis meses, las tres causales mencionadas para abortar seguirán vigentes en el país suramericano.
Tras la votación, la Corte Constitucional ordenó al Congreso de la República y al Gobierno nacional al "cumplimiento inmediato de esta sentencia" y a implementar una política pública integral que evite los "amplios márgenes de desprotección para la dignidad" y que favorezca "los derechos de las mujeres gestantes".
Así, las autoridades ahora tienen la obligación de:
- Hacer una divulgación clara de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo.
- Eliminar "cualquier obstáculo" para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos que se reconocen en esta sentencia.
- Garantizar instrumentos de prevención del embarazo y planificación.
- Implementar medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción.
___________
Fuente:
2. Colombia despenaliza el aborto hasta las 24 semanas de gestación
La despenalización ha sido aceptada en sesión extraordinaria por cinco votos a favor y cuatro en contra. El proceso lleva meses dilatado por trabas administrativas e impedimentos a jueces puestos por grupos opositores al aborto.
Mujeres celebran la decisión de la Corte Constitucional de aprobar la despenalización parcial del aborto. — Carlos Ortega / EFEBOGOTÁ2
La Corte Constitucional de Colombia aprobó este lunes la despenalización parcial del aborto, permitiendo la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 24 semanas, aunque no eliminó el delito del Código Penal, según informó ese tribunal.
La despenalización fue aceptada en sesión extraordinaria por cinco votos a favor y cuatro en contra de los magistrados, en un proceso que lleva meses dilatado por trabas administrativas e impedimentos a jueces puestos por grupos opositores al aborto, y que hasta hoy no había abordado el debate de fondo.
Hasta la fecha el aborto solo estaba permitido en Colombia por tres causas: cuando está en riesgo la salud o la vida de la madre; cuando es fruto de violación o incesto, o si hay malformación del feto, mientras que en el resto de casos está penado hasta con cuatro años y medio de cárcel.
No se elimina el delito del aborto del Código Penal y seguirá siendo castigado a partir de las 24 semanas
No se trata, no obstante, de la eliminación del delito del aborto del Código Penal -seguirá castigado a partir de las 24 semanas cuando no se trate de las tres causales-, como pedían las organizaciones feministas.
La decisión fue adoptada gracias a los votos de los magistrados Alberto Rojas, Diana Fajardo y José Fernando Reyes y del conjuez Julio Andrés Ossa, quien fue elegido para desempatar la votación en la Corte y propuso esta variante a la demanda que yacía en ese tribunal.
Mujeres celebran la decisión de la Corte Constitucional de aprobar la despenalización parcial del aborto. — Carlos Ortega / EFEEn contra votaron los magistrados Cristina Pardo, Paola Andrea Meneses, Gloria Stella Ortiz y Jorge Enrique Ibáñez, según la información facilitada por la Corte. La decisión fue vitoreada a las puertas de la Corte Constitucional en Bogotá por medio centenar de mujeres que esperaban ataviadas con las características pañoletas verdes y que rodearon a la organización feminista Causa Justa, impulsora de la demanda.
En 2020, al menos 4.268 niñas de entre 10 y 14 años fueron madres en Colombia, un país donde este tipo de relaciones sexuales son consideradas violaciones y que por tanto podrían entrar dentro de las causas del aborto legal. El aborto es la cuarta causa de mortalidad materna en el país y se calcula que de los 400.000 que se realizan en Colombia al año, menos del 10 % son llevados a cabo en instituciones sanitarias con garantía.
_________________
Fuente:
3. Corte Constitucional despenaliza el aborto en Colombia, comenzando a saldar deuda histórica que el país tiene frente a derechos de la mujer
CRONICÓN.NET /
Tras una lucha de 40 años y gracias a una demanda interpuesta por el movimiento Causa Justa, la Sala Plena de la Corte Constitucional en un fallo considerado histórico despenalizó el aborto en Colombia hasta la semana 24 de gestación (seis meses).
De esta manera, la decisión del alto tribunal constituye apenas un paso para comenzar a saldar la deuda histórica que el país tiene frente a los derechos de las mujeres
El fallo tiene efectos inmediatos y se adoptó mediante una votación 5-4, con presencia del conjuez Julio Andrés Ossa, al estudiar una demanda que presentó Causa Justa, movimiento compuesto por varias organizaciones de mujeres, la cual solicitaba eliminar el delito de aborto por completo del Código Penal.
Además, la Corte Constitucional exhortó al Congreso de la República y al Gobierno Nacional para que, “sin perjuicio del cumplimiento inmediato de esta sentencia y, en el menor tiempo posible, formulen e implementen una política pública integral, incluidas las medidas legislativas y administrativas que se requiera, según el caso”.
Lo anterior, para evitar que existan “amplios márgenes de desprotección para la dignidad y los derechos de las mujeres gestantes” y para que, a su vez, “proteja el bien jurídico de la vida en gestación sin afectar tales garantías”.
El alto tribunal a través de un comunicado de prensa explicó que una política integral como la que sugiere debe contener, como mínimo, los siguientes elementos:
- Divulgación clara de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo.
- Eliminación de cualquier obstáculo para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos que se reconocen en esta sentencia.
- Existencia de instrumentos de prevención del embarazo y planificación.
- Desarrollo de programas de educación en materia de educación sexual y reproductiva para todas las personas.
- Medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción, entre otras.
- Medidas que garanticen los derechos de los nacidos en circunstancias de gestantes que desearon abortar.
La votación
A favor de la despenalización votaron los magistrados Antonio José Lizarazo, Alberto Rojas, José Fernando Reyes, Diana Fajardo y el conjuez Ossa. En contra, Cristina Pardo, Paola Meneses, Gloria Ortiz y Jorge Enrique Ibáñez.
Con esta histórica decisión, Colombia se suma en la región a Argentina, donde por decisión del Congreso el aborto es legal hasta la semana 14 y a cuatro estados de México donde también fue despenalizado.
La demanda
La demanda de Causa Justa aseguraba que el aborto se debe eliminar del Código Penal porque es injusto con las mujeres más vulnerables, ineficiente y violatorio de los derechos de las mujeres y del personal de salud.
Y estimaba que “en vez de usar el derecho penal, podrían existir más y mejores políticas de salud que contribuyan a prevenir las muertes y complicaciones por abortos inseguros y el embarazo no deseado, así como programas de educación sexual integral, información, acceso y disponibilidad de métodos anticonceptivos”.
Según Causa Justa, el delito del aborto es además la principal barrera para acceder a un procedimiento seguro para las mujeres que tomen la decisión de hacerlo, incluso si se trata de las tres casuales en las que la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) es legal.
“Esto ocurre porque el hecho de que el aborto sea un delito es generador de estigma y el estigma, de acuerdo con varias investigaciones en Colombia y en otros países, no distingue entre lo que está permitido o no por la ley, sino que lo permea todo afectando de muchas formas la prestación de aquello que es legal y un derecho fundamental”, expresaba en uno de sus apartes la demanda.
“La norma demandada también vulnera la igualdad pues las barreras estructurales afectan desproporcionadamente a mujeres y niñas en situación de vulnerabilidad”, agregó Causa Justa que también asegura que se vulnera el derecho a la salud de las mujeres y el derecho a la igualdad, entre otros.
Mayor índice de aborto en Colombia: niñas y adolescentes
La mayoría de mujeres que son procesadas penalmente por abortar son adolescentes y niñas en situación de vulnerabilidad, y al año, en promedio, 400 casos son llevados a la justicia.
Según el informe ‘La criminalización del aborto en Colombia’, realizado por la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, que se presentó en 2021, la mayoría de mujeres que son procesadas penalmente por abortar son adolescentes y niñas en situación de vulnerabilidad, y al año, en promedio, 400 casos son llevados a la justicia.
El informe señala que un 12,5 por ciento de los casos de aborto perseguidos por la justicia corresponden a mujeres de 14 a 17 años, así como que un 24 por ciento de los casos que terminan en condena son de mujeres menores de edad.
Los cinco departamentos en Colombia con más condenas por aborto son Caldas (el 18,48 por ciento de los hechos terminan en condenas), Boyacá (13,94 por ciento), Santander (10,61 por ciento), Tolima (8,48 por ciento) y Norte de Santander (6,67 por ciento). Además, Bogotá es una de las ciudades en donde la mayoría de casos de criminalización contra las mujeres que abortan derivan en una condena (13,33 por ciento).
Otras cifras indican que, en 2020, al menos 4.268 niñas de entre 10 y 14 años fueron madres en Colombia, donde este tipo de relaciones sexuales son consideradas violaciones y que por tanto podrían entrar dentro de las causas del aborto legal.
Además, en promedio, cerca de 400.000 abortos se realizan en Colombia anualmente y menos del 10% son llevados a cabo en instituciones que cumplan con todas las garantías sanitarias, por lo que la Interrupción Voluntaria del Embarazo es la cuarta causa de mortalidad materna en Colombia.
___________
Fuente: