Tribunal niega suspender fallo de Procuraduría contra Petro
Gustavo Petro fue destituido por la Procuraduría el lunes 9 de diciembre.Foto: AFP
Argumenta que es necesario que primero pase la notificación y se resuelvan recursos de reposición.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió una tutela instaurada por la defensa del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, pero negó la solicitud de suspensión provisional de la sanción emitida por la Procuraduría en contra del mandatario.
Según el Tribunal, es necesario que el fallo esté completamente ejecutoriado, es decir, que pase la notificación y se resuelvan los recursos de reposición en ese caso.
Con Petro, dice la corporación, “todavía es incierto el presente y el futuro (…) No es posible establecer con los actuales medios la situación, ya que no se cuenta en este momento con el expediente disciplinario”.
De acuerdo con el Tribunal, se requiere de un análisis profundo de la violación de los derechos fundamentales del solicitante. “No puede definirse con los actuales elementos probatorios, ya que ni siquiera se cuenta con los antecedentes administrativos, lo que impide su individualización y el ejercicio del control de constitucionalidad que del mismo se solicita”, agrega.
La misma Corte Constitucional en la sentencia T-451 de 2010 recordó que la tutela no sustituye los medios que en sede administrativa procedan.
Según el Tribunal, solo después de que el fallo quede en firme y en caso de que la decisión viole los derechos del Alcalde se puede solicitar “el amparo constitucional de los derechos fundamentales al debido proceso”.
Entre los argumentos del tribunal está que como requisito para que una medida de suspensión sea procedente debe evidenciarse “de manera clara, directa y precisa la vulneración del derecho fundamental”.
Gustavo Petro fue destituido e inhabilitado por 15 años para ejercer cargos públicos como consecuencia del proceso disciplinario en su contra por el improvisado modelo de aseo que implementó como Alcalde a finales del 2012 y que originó un caos en Bogotá en materia de recolección de basuras.
Por último, para que Petro pueda interponer el recurso de reposición ante la Procuraduría, primero se debe surtir el paso de la notificación.
REDACCIÓN JUSTICIA
http://www.eltiempo.com/justicia/tribunal-niega-suspender-fallo-de-procuraduria-contra-petro_13285076-4