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MASACRE LABORAL DE LA HALLIBURTON COLOMBIA

¡ALERTA! MASACRE LABORAL DE LA HALLIBURTON COLOMBIA


USO frente obrero

La Unión Sindical Obrera denuncia ante el movimiento sindical nacional e internacional, los atropellos de la empresa Halliburton en Colombia en contra de los trabajadores afiliados a la Unión Sindical Obrera USO, al despedir durante lo que va corrido del año a seis (6) trabajadores sindicalizados.

Los trabajadores afiliados al sindicato, vienen reclamando a la empresa desde el año 2013 el cumplimiento de los acuerdos pactados en la Convención Colectiva USO – HALLIBURTON, en temas tan básicos y sentidos como el derecho al descanso y las jornadas laborales legales, dado que el diario vivir de estos trabajadores es el tener que laborar jornadas que superan en muchos casos las 20 horas de trabajo continua, y con secuencias de trabajo mensual mayores a 21 días sin descansos. Esta imposición patronal ha generado una sistemática violación de la empresa a su obligación de protección, seguridad y salud en el trabajo razón por la cual la población de trabajadores enfermos es cada día mayor en esta compañía.

De otra parte esta compañía ha optado por elaborar listas negras de trabajadores que considera como conflictivos, en la cual relaciona de manera directa al grupo de trabajadores que siendo afiliados al sindicato ejercen su derecho a exigir que la empresa cumpla con sus obligaciones legales y convencionales. De esta lista negra precisamente sin ninguna justificación técnica ni disciplinaria el pasado cinco (5) de enero despidió al trabajador OSCAR AVILA, hecho que propició un conflicto colectivo al interior de la empresa.

En el mismo marco del incumplimiento, la empresa se ha negado a recontratar trabajadores que se había comprometido en emplearlos nuevamente, luego de que unos meses atrás se les hubiera terminado sus contratos por baja actividad de la compañía. Hoy cuando la empresa requiere a estos trabajadores para sus operaciones, por el hecho de estos haber sido sindicalizados, ha preferido contratar trabajadores sin ninguna experiencia en la industria y violar todos los protocolos operativos y de seguridad enviando a estos trabajadores sin mayor entrenamiento a realizar labores de alto riesgo.

Así las cosas, con el anuncio de la administración de ejecutar más despidos indiscriminados dentro de la compañía; y luego de que a los trabajadores y a la USO les ha tocado instaurar más de cincuenta (50) querellas ante el Ministerio del Trabajo por violación a la ley, no ha quedado más remedio que ejercer el derecho a la protesta desde el pasado 6 de enero del 2015. Una vez más, antes que reconocer sus faltas, la respuesta de Halliburton ha sido la notificación del despido de otros cinco trabajadores sindicalizados de la base de Barrancabermeja a partir del día 15 de enero del 2015.

A la fecha se encuentran llamados a descargos más de 40 trabajadores sindicalizados que participan en la reclamación ante la empresa, y se teme que también sean despedidos.

Es necesario informar que a Halliburton tampoco le ha interesado la gestión que desde el pasado 9 de enero viene haciendo el Ministerio del trabajo por intermedio del señor Viceministro, escenario en el cual se le planteó a la empresa que se reintegrara al compañero OSCAR AVILA y se instalara una mesa de diálogo Empresa – Trabajadores – Sindicato y Ministerio del Trabajo, a fin de discutir y acordar los temas adicionales que han generado la Asamblea Permanente de los Trabajadores.

En Halliburton se debe detener esta masacre laboral y tendencia al exterminio del sindicato dentro de la compañía. Los trabajadores de Halliburton, afiliados y NO afiliados a la USO deben unirse para defender su derecho a la estabilidad laboral y garantizar de esta forma el futuro de sus familias. Tengamos en cuenta que durante el 2014 fueron despedidos más de 260 trabajadores y la administración no respetó ni a sus más sumisos colaboradores. A los compañeros NO sindicalizados les hacemos el llamado para que no se dejen utilizar instaurando querellas contra sus mismos compañeros, o para intentar por la fuerza romper este movimiento legítimo, tal como lo hicieron en el pasado.

Hacemos el llamado al movimiento obrero nacional e internacional para que se solidaricen con los compañeros sindicalizados de Halliburton haciendo presencia en los puntos de concentración de los trabajadores de las bases de la empresa de las ciudades de Villavicencio, Yopal, Barrancabermeja y Neiva.

Al ministerio del Trabajo lo convocamos a defender el derecho a la protesta que ejercen los trabajadores, a detener la masacre laboral ejercida por esta empresa e imponer las acciones correspondientes por la violación que han denunciado los trabajadores a través de las querellas interpuestas en las oficinas del Ministerio del Trabajo en todo el país desde agosto del año 2014, querellas que el Ministerio aún no ha resuelto.

Por el derecho a la estabilidad laboral… Todos a detener la masacre laboral.

Exigimos el reintegro de los compañeros despedidos en Villavicencio y Barrancabermeja…. Exigimos!

Viva la UNION SINDICAL OBRERA….VIVA…VIVA…VIVA

Redactó, Junta Directiva Nacional, enero 16 del 2015.

¡ A SEGUIR PELEANDO POR NUESTRAS PENSIONES ¡

En la sentencia SU-555 la Corte Constitucional en un acto no jurídico, sino con una decisión netamente política niega nuestro derecho a la pensión convencional.

De manera contradictoria habla de la obligatoriedad de las recomendaciones de la OIT, pero por otro lado, mediante la teoría del margen de interpretación, niega el derecho a la pensión que a lo largo de la historia hemos logrado forjar los trabajadores en nuestras convenciones colectivas de trabajo.

La interpretación regresiva emitida por la Corte de manera inmediata fue formalizada por Ecopetrol mediante comunicado interno con el que ratificó que los únicos que tienen derecho a la pensión convencional son los trabajadores que a 31 de julio del año 2010 hayan cumplido los requisitos de plan 70. Esta sentencia claramente denota el desconocimiento por el Estado Colombiano de la Constitución de la OIT y los Convenios 87 y 98, en los cuales Colombia es parte y que consagran el principio de libertad sindical y de negociación colectiva.

El sindicato de gremio ATELCA, formuló queja contra Colombia por la expedición del Acto Legislativo No. 1 de 2005 ante La OIT, por el respeto a los derechos de libertad sindical y negociación colectiva. Dicha queja ante la OIT, distinguida con el No. 2434. En efecto, el Comité de Libertad Sindical de la OIT tramitó la queja presentada y en el Informe del Comité, aprobado por el Consejo de Administración en su 298ª reunión, en Ginebra, marzo de 2007, se examinó el caso y se formularon recomendaciones. El Comité de Libertad Sindical, en sus conclusiones provisionales, invita al Consejo de Administración de la OIT a que apruebe las recomendaciones, como efectivamente aconteció. El mencionado Informe trae las siguientes Recomendaciones:

“…..en cuanto a las convenciones celebradas con anterioridad a la entrada en vigor de la legislación, pide una vez más al gobierno que adopte las medidas a fin de que los convenios colectivos que contienen cláusulas sobre pensiones, cuya vigencia va más allá del 31 de julio de 2010, mantengan sus efectos hasta su vencimiento; lo que no tiene sentido y es abiertamente violatorio de los Convenios de la OIT y de la Constitución de la OIT es que la “Honorable Corte Constitucional” diga que se obedece pero no se cumple, valiéndose de la teoría restrictiva del “margen de apreciación”

Cuando la Corte Constitucional niega la aplicación de las cláusulas convencionales vigentes sobre pensiones, pese a que reconoce la obligatoriedad de la Recomendación de la OIT y aboga por el respeto a lo convenido, ello implica el irrespeto a los derechos adquiridos. Hay una burla no solamente a los Instrumentos Internacionales sino a los derechos colectivos (negociación colectiva y libertad sindical) e individuales (conservación del derecho a la cláusula convencional sobre pensiones). No es justo afirmar que se fortalece la protección pero, en la práctica, se suprime.

Dicha violación no se puede justificar con la teoría restrictiva del “margen de apreciación” porque ésta teoría ha surgido para limitar el ejercicio de los derechos. Pero no se pueden limitar los derechos que surgen de los Convenios Fundamentales 87 y 98 de la OIT. Si bien es cierto que la llamada doctrina del margen de apreciación ha sido entendida como un espacio de discrecionalidad con la que cuentan los Estados Partes para fijar el contenido y alcance de los derechos, esto no se predica de Convenios aprobados por la OIT y ratificados por los respectivos países. Los Convenios de la OIT surgen de acuerdos tripartitos, en donde una de las partes es el movimiento sindical y son de estricto cumplimiento.

¿Qué hacer frente a esta arbitrariedad?

Teniendo en cuenta que en la OIT cursa una queja interpuesta por la U.S.O. y la CUT contra el Estado Colombiano y contra Ecopetrol por el desconocimiento a nuestras pensiones, se hará una ampliación de la queja en la cual se aportará como prueba la sentencia 555 donde se hará referencia al desconocimiento de la Corte Constitucional a las recomendaciones de la OIT.

Orientamos a todos los trabajadores sindicalizados a diligenciar de manera inmediata la solicitud formal del reconocimiento de la pensión convencional, que adjuntamos en este boletín, la cual además estará disponible de la página web de la U.S.O. Con la respuesta procederemos a orientar acciones ordinarias, e inscripción de casos ante los comités de reclamos. Este derecho debe ser radicado antes del 27 de diciembre del año en curso, en la respectiva dependencia ante Ecopetrol S.A.

Es de vital importancia mantener la Unidad y el Trabajo coordinado con el sindicato, quien de manera interinstitucioanl esta desarrollando un plan de trabajo con miras a recuperar el sentido derecho a la pensión convencional, y no generar acciones descordinadas que le permita a los patronos afianzar su posicion de desconocimiento a nuestra pensión.

Llamamos urgentemente a los trabajadores afectados por el Acto Legislativo 01 para que acudan masivamente a las convocatorias que estará realizando el sindicato con el fin de socializar la problemática y coordinar las acciones jurídicas y de movilización.

¡VIVA LA UNION SINDICAL OBRERA…VIVA,VIVA, VIVA¡
91 años luchando por los derechos de los obreros petroleros

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